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reflexiones sobre administración pública inteligente

martes, 16 de octubre de 2012

Los 8 imprescindibles en la dirección pública profesional

Los responsables del gobierno nos cuentan en sus últimas comparecencias que están preparando la nueva ley de Función Pública de la AGE y el muy esperado Estatuto del Directivo Público Profesional. Seguramente será ésta una de las últimas oportunidades para proceder -a corto plazo y más allá del recurso "fácil" de los recortes- a la tan necesitada reforma en profundidad del empleo público español, en la línea que tímidamente apuntó el Estatuto Básico del Empleo Público del 2007.

Una de esas líneas era precisamente la puesta en marcha de la figura del Directivo Público Profesional. Desde este blog me atrevo a proponer ocho puntos concretos que debería contener el proyecto estatutario en curso:

  1. Extensible a todo el sector público (administrativo, fundacional o empresarial).
  2. Formar parte de las relaciones de puestos de trabajo, con un ámbito concreto perfectamente definido, y diferenciado de los puestos de naturaleza política por un lado y del resto de estructura administrativa por otro. No son técnicos; tampoco, políticos.
  3. Dotado de competencias de naturaleza gerencial.
  4. Con ámbito de responsabilidad propio. Es la condición básica si queremos que esté sometido a evaluación.
  5. Proceso de selección sin más limitación que la acreditación según principios de mérito y capacidad de las competencias que demanda cada puesto de trabajo concreto.
  6. Una retribución sea competitiva e incentivadora, al menos para poder atraer también al sector público a los mejores profesionales.
  7. Garantías para cierta estabilidad en el empleo que dependa entre otros factores del resultado de su gestión y no exclusivamente de criterios de confianza política.
  8. Compromisos de cumplimiento de los fines, pero sin olvidarnos de los medios. Son precisos también estándares que midan también ética y valores inherentes al servicio públicos en la dirección pública profesional.

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