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reflexiones sobre administración pública inteligente

martes, 9 de octubre de 2007

Una nueva Comisión en el gazpacho de la arquitectura institucional


Leo hoy en el BOE la publicación de la Ley 23/2007 de creación de la Comisión Nacional del Sector Postal. Una nueva organización pública que se crea y que esta vez adopta la denominación de "Comisión" (como la CNMV, la CMT o la misma CNE) al entrar dentro del grupo de organismos que sirven de instrumento al Estado para ejercer su acción reguladora, con creciente protagonismo en un sector público cada vez más en retirada de la prestación directa de servicios. Esta entrada de hoy no pretende analizar esta tendencia, ni el papel de los servicios postales como servicio público, ni la política que conduce a la creación de la Comisión. Tan sólo os quería comentar algunos aspectos muy particulares de la Ley en relación a la línea de administración inteligente sobre la que reflexionamos en nuestro blog.


Para empezar reconozco que el gazpacho de nombres que se emplean para denominar las distintas formas jurídicas de organización en la AGE se me está empezando a indigestar (dichosa LOFAGE !!!!): departamentos ministeriales, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, agencias, entes públicos, corporaciones, sociedades estatales y.... COMISIONES como las antes citadas. No confundir estas "Comisiones" con todos aquellos órganos colegiados de coordinación de naturaleza política (Comisión Delegada de Asuntos Económicos) o administrativa (Comisión Interministerial de Retribuciones o Comisión Ministerial para la Calificación de Documentos Administrativos). En este caso estamos hablando de una forma de organización que adquiere su singular relevancia por corresponder a organismos (supuestamente) independientes que ejercen funciones de impulso a la competencia, regulación y supervisión en sectores (supuestamente) liberalizados.


En este contexto nace esta otra Comisión, la Nacional del Sector Postal, que aunque "independiente tanto de la Administración como de los operadores" adquiere una organización que en poco diferirá de su antecesora, la subdirección general de regulación de los servicios postales del Ministerio de Fomento:


  • Intento encontrar esta supuesta independencia en la figura del Presidente, pero encuentro que será nombrado por RD a propuesta de Fomento, es decir, del gobierno de turno.

  • Intento encontrar un matiz diferenciador de la actual estructura ministerial que desempeña estas funciones, pero encuentro que su personal y relaciones de puestos de trabajo serán prácticamente idénticos a los actuales del ministerio.

  • Encuentro que el nuevo personal a seleccionar lo será según el derecho laboral, aunque a continuación aparece el matiz de "excepto los que consistan en el ejercicio que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de postestades públicas y salvaguarda de los intereses generales del Estado y las AAPP", que con una interpretación generosa son la mayoría de las que desempeñará la Comisión.

  • No encuentro en ninguna parte (habrá que esperar al Reglamento de Funcionamiento Interno) mención alguna a los órganos directivos, excepción hecha de los de superior dirección como son el Presidente, Secretario General y el Consejo Rector.

  • Y ya al final, aparece una disposición adicional (2ª) un tanto inquietante que se refiere a la voluntariedad de la incorporación del personal funcionario del Ministerio de Fomento, así como la garantía de mantenimiento de situación administrativa. Mi inquietud es que esta "claúsula de garantías" el freno definitivo a que la citada Comisión pueda adquirir una estructura más innovadora.

Pero como no todo va a ser cambiar el nombre a continuar con lo mismo, al menos me tranquiliza que la nueva Comisión tendrá una sede electrónica que, de momento, únicamente servirá de almacén de informes, planes, y demás pesados documentos administrativos. ¡¡¡ Algo es algo !!!

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