i-public@
reflexiones sobre administración pública inteligente

lunes, 4 de octubre de 2010

El Observatorio del Empleo Público en EXPANSION

La pasada semana Expansión publicó un artículo sobre el recientemente creado Observatorio del Empleo Público. Me pidieron mi opinión al respecto que la podéis leer directamente en el link ajunto o en el artículo completo que copio en este post.


LA REFORMA DEL EMPLEO PÚBLICO ABOCADA AL FRACASO
El recientemente creado Observatorio para el Empleo Público pretende ahorrar el camino para hacer frente a los problemas endémicos que aquejan a las plantillas públicas tras la descentralización autonómica. Pero, en principio, creado como herramienta de análisis, podría acabar por no ser operativo ya que carece de fondos y sus decisiones no son vinculantes.
El Gobierno dio luz verde el pasado 2 de julio a la creación del Observatorio de Estudios del Empleo Público, cuyo fin será "analizar la situación actual del trabajo en las Administraciones públicas". El nuevo organismo, establecido en el ámbito de la Administración General del Estado (AGE), carece de poder ejecutivo y tiene una naturaleza consultiva, por lo que ha sido recibido con frialdad por los expertos: imperan las dudas de que tenga capacidad de contribuir a resolver los problemas estructurales de la gestión del empleo público y podría quedarse en un ostentoso nombre más para la maraña administrativa.

Su objetivo principal será “la realización de diagnósticos en materia de recursos humanos y el seguimiento de la calidad de los servicios y del empleo público”, según reza el Real Decreto 868/2010 que regula su composición y régimen de funcionamiento, así como “establecer un sistema de indicadores sobre la coyuntura del empleo público” y “realizar diagnósticos de las plantillas de trabajadores de las Administraciones estatales, especialmente sobre el acceso al empleo público de personas con discapacidad y riesgo de exclusión social”. También prestará "especial atención a la igualdad de trato entre hombres y mujeres" y elaborará estudios sobre la calidad de los servicios públicos, para lo que elaborará un informe anual sobre las tendencias del empleo público. La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de La Vega, que se encargó de presentarlo, subrayó que "no acarreará costes adicionales" para las arcas públicas y será un “foro de intercambio y comunicación de información” para hacer "más eficiente" la Administración.

El Observatorio del Empleo Público es un órgano colegiado adscrito al Ministerio de la Presidencia, a través de la Secretaría de Estado para la Función Pública, y lo presidirá el actual tiitular de la Secretaría de Estado para la Función Pública, además de dos vicepresidentes, que serán los actuales directores generales de Función Pública y Costes de Personal y Pensiones Públicas.

Cuenta, además, con 21 vocales de la Administración Central, autonomías y ayuntamientos a través de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), y representantes de Función Pública de los sindicatos que forman parte de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, donde se fraguó el acuerdo para acordarlo en el marco del diálogo vigente hasta 2012. Contará, además, con un secretario y se reunirán una vez al año para analizar las conclusiones de estudios y análisis que encarguen a grupos de trabajo.

Ahora bien, la definición de esta nueva institución como “una herramienta de la Planificación Estratégica de Recursos Humanos, que recogerá, analizará y difundirá información sobre la situación actual del empleo en las Administraciones Públicas, y diseñará modelos prospectivos que sitúen al empleo público en condiciones de encarar las necesidades futuras” podría quedarse en una mera descripción ampulosa: Los expertos consultados por Expansión.com coinciden en que esta medida puede acabar siendo papel mojado, y las críticas al nuevo organismo no se han hecho esperar.

Desde el sindicato FEP-USO -no presente en la Mesa de Diálogo Social- se preguntan “qué sentido tiene crear un observatorio para diagnosticar necesidades en materia de recursos humanos y al mismo tiempo aplicar el tijeretazo a las futuras OEP”, señalan, en referencia a la decisión del Gobierno de recortar el número de vacantes para la AGE, que anunció al mismo tiempo que daba luz verde al observatorio. “Esperemos que este nuevo órgano no se convierta en otro chiringuito para contentar, financiar y acallar a nuestros colegas sindicales”, señalan.
El riesgo, que acaben siendo inoperantesPara Óscar Cortés, vicepresidente del Club Dirección Pública Esade Alumni y editor del blog i-publi@, “los grandes problemas del empleo público son la evaluación del tipo de empleo necesario, necesidad de profesionales, incorporación de categorías profesionales, dimensionamiento de plantillas por sectores, qué debe hacerse con medios propios y qué se puede externalizar, etcétera“, señala, problemas que tampoco podrían encontrar solución tampoco con la creación del observatorio.

“El RD se desprenden preocupantes síntomas que acaban convirtiendo este tipo de organismos en inoperantes”. En primer lugar, porque es un órgano consultivo: es decir, que “emitirá informes, opinará y sugerirá pero ahí podría quedar la cosa. Será el gobierno de turno quien tendrá que tomar decisiones, y eso ya lo veremos. Sería de agradecer un poder más vinculante”.
A esto se une que tiene carácter interministerial: “Es decir, de nuevo otro de estos grandes grupos de trabajo donde los distintos representantes acaban actuando en función de sus intereses particulares y del poder relativo de sus departamentos”. Para colmo, “es un órgano cerrado y endogámico, formado únicamente por las administraciones y sindicatos; es decir, seguimos igual, no entiendo por qué no se incorporan personas cualificadas externas, como expertos en gestión de personas o catedráticos que puedan aportar visiones diferentes”.
“Sobre el papel, el observatorio tiene cometidos que resultarían interesantes -por ejemplo, el estudio de redimensionamientos de plantillas- y algunos hasta ambiciosos -delimitar sectores reservados a empleados públicos, delimitar las externalizaciones o evaluar el tipo de empleo y perfiles necesarios en la Administración-. Ciertamente, parte de estas actividades se están haciendo o se podrían hacer por las unidades administrativas existentes del Ministerio de Presidencia, pero la necesidad de aportar una visión bien estudiada, independiente y renovadora justificaría la creación de un organismo como puede ser el Observatorio”.

“Hasta aquí, perfecto”, señala Cortés. “El problema está cuando conocemos su composición y funcionamiento; de ella, a priori, lo que se deduce es que pueda acabar convirtiéndose en uno más de la larga lista de órganos burocratizados que operan en la Administración general del Estado. Por una parte su carácter colegiado e interministerial, sin un liderazgo atribuido claro, ralentizará y complicará los trabajos. Por otra, su composición ignora la presencia de expertos y profesionales de fuera de la propia AGE que puedan aportar una visión diferente. Por último, su carácter consultivo hará que sus análisis y recomendaciones queden supeditadas a la decisión final del ejecutivo de turno y a sus intereses políticos”.

En definitiva, la iniciativa despierta serias dudas, concluye: “La historia administrativa está repleta de precedentes similares y poco o nada se ha hecho desde su constitución por marcar un camino diferente. Por tanto, quizá para este viaje no hagan falta tantas alforjas y un grupo de trabajo en la Mesa general de la Función Pública con estas materias sobre la mesa hubiera sido suficiente”.

La idea es buena, pero habrá que esperar a la prácticaMás optimista es Ricardo J. Escudero, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Alcalá, en Madrid. “Que se creen este tipo de organismo colegiados y consultivos no me parece una medida negativa, siempre que no conlleve incremento del gasto público, lo que ya recoge el real Derecreto, por razones obvias de contención del gasto en un contexto de crisis. En principio, su fin es positivo ya que es dictaminar y diagnosticar los problemas que tiene el empleo público y las distorsiones que se producen en las comunidades autónomas por la descentralización de la gestión de los recursos humanos en las administraciones, que puede acabar por sobredimensionar las plantillas públicas.

El problema es que aún no se sabe cómo va a funcionar, qué competencias va a tener, si la administración se lo va a tomar serio o al final va a terminar formando parte de la red burocrática... hace falta un órganos de estas características, pero otra cosa distintas es la práctica: para que funcione con eficiencia, necesita la colaboración decidida de la AGE, ámbito en el que se ha creado, pero también las comunidades autónomas, la FEMP y los organismos sindicales”.

El profesor no cree que haya duplicidades en el sentido estricto de la palabra, ya que las juntas de personal (que equivalen a los comités de empresa en la administración pública) tienen funciones específicas. Las autonomías también, y aunque coincidan en competencia, no son los mismos órganos”. Admite que en la administración existen órganos ineficientes e inoperantes al carecer de funciones ejecutivas. Por ello, la prioridad de este nueva estructura debe ser “el análisis exhaustivo de la situación de el empleo público de forma general y de formar desgagregada en los equipos de recursos humanos de las administraciones públicas de la autonomiás, la elaboración de informes, propuestas e iniciativas.

La primera limitación -no ser vinculante- es lógica, pero el consejo es siempre útil, afirma Escudero. “La prioridad es realizar estudios. El observatorio debería tener medios para poder realizar diagnóstico de recursos humanos tanto cualitativo como cuantitativamente, analizar las disfunciones y después hacer propuestas a los órganos competentes para que las asuman”. Las prioridades de estudio están claras: “En el proceso descentralización del personal se han mantenido estructuras que ya no están justificadas, mientras que hace falta más movilidad para dotar a otros organismos infradotados e imprescindibles en la Administración. Hay que dotar de eficiencia a la gestión de los recursos humanos, instaurar más políticas formativas, estudios para ver cuáles son las razones del absentismo, a qué obedecen...”, menciona.

“Por tanto, se debería contar con personas cualificadas que aporten su punto de vista profesional e interesadas en la problemática del empleo público. En la universidad tenemos las herramientas para hacer análisis, pero no tenemos acceso a los datos”.

Ya hay competencias homólogas

El experto en Derecho Público José Ramón Chaves García 'Sevach' también mantiene una visión crítica en su blog Contencioso.es. Este invento tecnoburocrático presenta grandes ventajas: “da idea de modernidad e innovación, evoca neutralidad y permite ganar tiempo a las autoridades competentes sobre empleo público. Mientras se constituye el órgano, se reune, aprueba planes, realiza memorias y papiroflexias varias, todos se quedan expectantes”.

“Ahora bien, a la hora de crear un órgano administrativo, la Ley 30/1992 impone la economía y ausencia de duplicidad, o sea, que no debe crearse un órgano si existe otro con funciones coincidentes. Pues bien, basta leer el organigrama del Ministerio de Administraciones Públicas o de la Consejería autonómica con competencias homólogas para ver que hay decenas de órganos que tienen atribuida esa función de “diagnosticar” y “proponer” medidas sobre el empleo público, sin olvidar los órganos de representación ( Juntas de Personal y Mesas Negociadoras) donde se canalizan propuestas y cristalizan acuerdos".

"Es más, el viejo Consejo Superior de la Función Pública creado por la Ley 30/1984 no sirvió para nada y fue suprimido por la Ley 7/07, así que hacerlo renacer de sus cenizas reconvertido en un 'Observatorio' resulta hilarante", continúa en su blog. "De seguir esta tendencia a crear y recrear órganos, la función pública está llamada a mirarse el ombligo y autodiagnosticarse, con pomposos dictámenes que jamás se traducirán en normas". Sevach se pregunta, además, si los dictámenes del observatorio no serán la “coartada técnica” para vaciar de contenido y aplicar bisturí al Estatuto del Empleado Público (EBEP). “Por último, dicho órgano resulta muy curioso, por un lado, porque el RD silencia quien lo impulsa y cómo se expresa su actuación. Es como crear un coche sin saber qué motor utiliza y en qué dirección. Eso sí, con carrocería preciosa”.
El este experto se teme que con este organismo se intente “buscar fórmulas, planes de empleo o modificaciones legales que adelgacen las plantillas, permitan amortizar plazas, obligar a la movilidad forzosa de los empleados públicos o fijar ámbitos donde acudir al sector privado que permitan una especie de desarme burocrático. Y, sin embargo, se echa de menos que no haya ni siquiera nombrado la necesidad de “deslindar de forma clara, los puestos reservados a empleados públicos (laborales o funcionarios) y los que puede desempeñar el personal eventual”.
¿Justificación para cobrar dietas?Pilar Jiménez Rius, doctora en Derecho y profesora de Ciencias Políticas y Administración Universidad ICADE, coincide con Sevach en que el observatorio tiene atribuidas funciones y competencias que el ordenamiento jurídico ya ha encomendado a otros órganos: los ministros, la Dirección General de la Función Pública y a la Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos, la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los servicios (AEVAL), al Ministerio de Igualdad y al Tribunal de Cuentas y a los Órganos de Control Externo (ver análisis adjunto).

“Estas funciones deberían realizarse por el valioso personal integrante de dichas unidades administrativas sin necesidad de crear otra estructura más como es el mencionado Observatorio. No se entiende muy bien las razones de la creación de este órgano colegiado cuando la mayoría de sus miembros ya tiene atribuidas las competencias que van a desarrollar en el seno del Observatorio de manera ordinaria por el ejercicio inherente a su cargo. La única explicación que tiene es el posible cobro de dietas por desplazamiento al observatorio de sus miembros aunque, claro, entonces se estaría incumpliendo la D.A. 2ª del Decreto de creación del Observatorio que indica que “en ningún caso, el funcionamiento del Observatorio del Empelo Público implicará directa o indirectamente incremento de gasto público”.

“Con la creación de este Observatorio se ha venido a infringir de un modo indudable el artículo 11.3. de la Ley 30/92 que señala que “no podrán crearse nuevos órganos que supongan duplicación de otros ya existentes si al mismo tiempo no se suprime o restringe debidamente la competencia de éstos”. Así mismo, se ha infringido el cumplimiento de multitud de principios constitucionales y legales que deben inspirar la actuación de las Administraciones Públicas tales como los de legalidad, eficiencia, eficacia, economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines institucionales, transparencia y responsabilidad por la gestión pública, entre otros”, continúa Jiménez.

“En tiempos de crisis económica como la actual, la creación de órganos como éste implican falta de sensibilidad social, jurídica y económica por pretender hacer creer a la sociedad que se van a adoptar medidas excepcionales para mejorar el empleo público mediante la creación de este Observatorio cuando en realidad estas medidas o competencias ya existen desde hace muchas décadas en el seno de la propia Administración Pública”.

No hay comentarios: