AECID: a la tercera agencia va la vencida
Tres, ya son tres. No, no hablamos de los reyes magos que pronto acudirán por estos lares, sino de las agencias estatales. A la AEVAL y el BOE, se une la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) cuyo estatuto salió publicado el otro día en el BOE. Parece que el final de legislatura va animando a rematar los trabajos pendientes (recordemos que la Ley de Agencias hablaba de diez de creación inmediata y sólo llevamos tres).
Aunque lógicamente hay elementos comunes derivados de la Ley de Agencias este estatuto tiene un aroma distinto a los anteriores de la AEVAL y del BOE. No lo decimos por el cambio de nombre al que se le añade la "D" de "desarrollo" sino por otros aspectos que vamos a comentar brevemente.
Se reconoce la complejidad de la misión de la agencia en cuanto a sus funciones y al ámbito territorial en que estan han de desplegarse. Esta complejidad justifica la necesidad de una estructura que sea "capaz de gestionar y ejecutar de forma útil y eficaz un importante presupuesto en proyectos y programas de cooperación al desarrollo ..... en el marco de los procesos de modernización organizativa y de innovación de la Administración Pública española, permitiéndole así que se pueda dotar de una nueva cultura de gestión, en base al desarrollo de la administración por objetivos, a la evaluación de resultados y a la participación de su personal, todo ello en un marco de mayor flexibilidad y responsabilidad gestora".
La actuación de la agencia se asentará en los principios de actuación administrativa indicados en el art. 7 , que equivalen a los principios de la "administración inteligente": transparencia y participación; autonomía y responsabilidad; cooperación interadministrativa; calidad y mejora continua; ética profesional y responsabilidad pública.
La organización es similar a la de otras agencias pero destaca la creación de un Consejo Asesor (art. 16) de carácter consultivo integrada por doce personas de reconocida experiencia y conocimientos en cooperación internacional.
Respecto a las personas que la integran me gusta especialmente el enfoque que creo debería servir para el conjunto de agencias estatales y el resto de la AGE. El estatuto reconoce "que la agencia debe nutrirse del conocimiento y experiencia acumulados por los profesionales de la AECI y deberá seguir contando con profesionales de la función pública ........ pero manteniendo los equilibrios que sean convenientes para la institución." Se crea un departamento de "recursos humanos y conciliación" (¡ por fin va apareciendo esta figura a nivel orgánico!) y se formaliza la autonomía de la agencia para la aprobación de sus RPT.
Igualmente me parece destacable lo referente al personal directivo:
- El Director de la AECID (art 14) lo será en base a unos requisitos marcados en el punto 3º, que son exclusivamente por sus competencias, no por su estatus administrativo.
- Se definen explícitamente el conjunto de personal directivo de la agencia (art. 38.1) con un balance razonable entre los que se exige pertenecer a la función pública y otros para los que no es necesario.
- Los criterios para acceder a un puesto directivo se indican en el art. 38.3, aunque desde mi punto de vista no con demasiado detalle.
- Su selección será efectuada por un órgano de selección de la agencia, con tres candidatos por cada puesto a cubrir.
Pasos en la buena dirección para lograr un impulso de la política de cooperación al desarrollo de una forma más profesionalizada.
1 comentario:
Efectivamente, parece que las cosas se mueven en la buena dirección.
¿Y crear una agencia para el desarrollo de la Administración electrónica?
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