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reflexiones sobre administración pública inteligente

lunes, 17 de diciembre de 2007

Sobre Tribunales de Oposición y Comisiones de Selección


Desde hace unas semanas venimos publicando reflexiones sobre los procesos selectivos en el ámbito público. Primero, a propósito del debate público sobre el ingreso en la judicatura formulábamos nuestra visión sobre lo que podría ser el proceso, la cual fue una de las 25 ideas más votadas en la iniciativa lanzada por Propolis. Posteriormente, expusimos lo que creíamos podría ser de sentido común en la selección de directivos públicos. Y por últimos comentábamos las nuevas bases comunes para oposiciones en la AGE publicadas recientemente.

En posts anteriores enumerábamos las que deberían ser a nuestro juicio las cuatro patas de un proceso selectivo avanzado:

  1. Una correcta definición de los puestos de trabajo que se precisan cubrir.
  2. Una valoración de las competencias necesarias para el desempeño del puesto de trabajo.

  3. Un proceso selectivo diseñado para detectar si las competencias de los candidatos se ajustan al puesto.

  4. Una Comisión de Selección que tutelara la selección de personal en la Administración y marcara unas pautas homogéneas para todos los procesos.

Ya hemos indicado en otras ocasiones que el modelo de selección de personas en la Administración pública española (desde nuestro punto de vista) necesita una vuelta importante. Es un modelo que opta por unas fuertes garantías en el proceso que "supuestamente" lo hacen imparcial y objetivo olvidándose por completo de los puntos 1 y 2 anteriores.

A raíz de un comentario de Morgana a nuestra propuesta y a otra similar de Iñaki Ortiz indicando "quién selecciona a una Comisión de Selección o Comisión de Expertos" se me ocurre profundizar un poco más en este tema. Empezando por reflexionar sobre los actuales Tribunales de Oposiciones. Son "supuestamente" un elemento más de este proceso garantista. Los componen diversos funcionarios mayoritariamente del Cuerpo a seleccionar y, de otros Cuerpos como catedráticos de universidad (esto teóricamente cambia con las bases comunes). Su imparcialidad se basa en su condición de funcionarios públicos, la cual no me parece suficiente para eliminar la subjetividad inherente a todo ser humano. Además, para seleccionar a sus miembros no existe ningún procedimiento público y objetivo que yo conozca (más bien hay otros criterios como participación sindical, favores para cobro de dietas, amiguismos, etc.). Tampoco están blindados a "favores" a opositores-conocidos y, lo que me parece más grave de todo, carecen de unas pautas objetivas y transparentes para valoración de cada ejercicio de forma que cuando hay varios tribunales se garantice una igualdad. Además, carecen de conocimientos específicos de selección de personal, aunque, ciertamente, tal y como están diseñadas hoy las oposiciones no son del todo necesarios.

Visto lo anterior a mí me parece que algo se debería cambiar en estos Tribunales y en el proceso selectivo en general, porque tenemos un sistema que ni es el mejor términos de objetividad y transparencia ni mucho menos garantiza la selección de los mejores.

Os propongo que echéis un vistazo al modelo británico, modelo de función pública con sus luces y sus sombras pero que en el tema de la selección sí que me parece que lo tienen mejor resuelto que nosotros. El reclutamiento pivota sobre un portal que podéis ver haciendo click aquí. Para empezar habla de distintas opciones (recién graduados, profesionales con experiencia, etc.), carreras profesionales y un principio básico: "selección por méritos sobre la base de una justa y abierta competencia entre candidatos". El esfuerzo para garantizar procesos selectivos ajustados a este principio se centra una Comisión de Función Pública fuerte e independiendiente (no la forman funcionarios ni depende del Gobierno, o sea ni corporativista ni política) que dicta el Código de Reclutamiento y supervisa el desarrollo de los procesos. Todas las garantías del proceso se basa en la selección de dicha Comisión. A partir de ahí, los procesos selectivos, diferentes según la organización pública, el puesto, la experiencia del candidato se harán atendiendo al Código y a sus pautas, pero con la debida flexibilidad, agilidad y autonomía en cuanto al proceso disponiendo las pruebas más adecuadas y su desarrollo.

Es un modelo distinto, que tendrá sus pegas, pero del que creo que podríamos aprender.

2 comentarios:

Emilio García García dijo...

Muy "british" el sistema de los hijos de la Gran Bretaña. Da envidia que exista un país así, dónde se puede creer en la independencia de quien es elegido para un cargo donde se ha de ser independiente. No obstante, veo difícil que si en España se pusiera en práctica algo así, fuéramos capaces de lograr algo similar. Basta comparar algunas televisiones públicas con el modelo de la BBC.

Andrés Morey Juan dijo...

El tema es tremendamente complejo. Personalmente cuento con la experiencia de haber sido responsable de la tramitación y confección del borrador de la primera Ley de la Función Pública Velenciana, que se aprobó como tal en 1985 y en la que se intentó cambiar en la medida de lo posible el sistema y que quedó condicionada por la Ley 30/198 y sus preceptos básicos. De 1985 a 1990 fuí responsable del Instituto Valenciano de Administración Pública y delas pruebas selectivas , sobre todo de Administración General.
No pretendo otra cosa que aportaros visiones o prespectivas distintas y empíricas.Si hay interés por estas experiencias, podeis acudir a mi contribución: "Génesis y problemática de la función pública valenciana" en las Jornadas de Estudio sobre la Administración y Función Pública en el Estado Autonómico, que publicó el Instituto Vasco de Administración Pública en 1986 y los condicionantes sobre el puesto de trabajo y un sistema de habilitación que se pretendió establecer.
La realidad es que he acabado por pensar que el problema, en gran parte, provocado por las Comunidades Autónomas y el cambio político, es la gran politización del sistema administrativo público y el nulo interés por una Administración profesional.
Es posible modificar los procedimientos y sistemas de selección, no los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y libre concurrencia, que los complican.
El sistema se puede considerar corrompido, por la política, los sindicatos, las interinidades, la desprofesionalización de las Comisiones y, en su caso, por la inmoralidad. Además de que no deja de ser también un problema jurídico.
Sobre el puesto de trabajo puedo contar sin parar, pero en la medida que pueda iré abordando cosas en mi blog y más si hay interés en mis opiniones.