El nuevo EBEP (I) : cuestiones generales
Teniendo en cuenta que las administraciones públicas están formadas por personas, la reciente entrada en vigor del nuevo Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) es un hito fundamental en el camino hacia la administración inteligente (i-administración). Ello me lleva a iniciar una serie de comentarios, que publicaré en los próximos días, en los que procuraré plasmar mis impresiones sobre el mismo.
- Los títulos de las leyes no suelen ser casuales . Esta no es una excepción:
- "ESTATUTO": desde la entrada en vigor de la Constitución, en la que se consagra un modelo de empleo público concreto a desarrollar mediante ley, han pasado casi 30 años en los que los gobiernos y/o legisladores no han podido o no han visto el momento para proceder a una norma integral sobre el personal al servicio de lo público. La Ley 30/84 de Medidas para la Reforma de la Función Pública no fue más que un parche para dar salida a una voluntad política de "hacer algo" que chocó con una débil posición del ministro de turno. Al final esa ley, y sus correspondientes remiendos mediante decretos, órdenes, instrucciones, etc. ha sido el más importante soporte legal al empleo público en todo este tiempo.
- "BÁSICO": no puede ser de otra manera que ésta sea una ley de mínimos. Se ha podido comprobar durante toda la tramitación parlamentaria. La descentralización administrativa, por la cual la mayor parte de empleados públicos están en el ámbito autonómico y local y, por consecuencia también las materias de gestión de personal (hecho éste agravado por la entrada en vigor de los nuevos Estatutos de Autonomía), implica que el empleo público sea heterogéneo y fragmentado. Finalmente el desarrollo concreto del EBEP dependerá de cada CCAA que será quien profundice más o menos en cada uno de sus elementos. Además, este atributo de "básico" lo es también por la creciente autonomía de gestión de la pluralidad de organizaciones públicas (departamentos, organismos autónomos, entes públicos, sociedades, agencias, etc.) con una amplia variedad de colectivos en cada nivel de gobierno.
- "EMPLEADO PÚBLICO": aunque el modelo de función pública que consagra la Constitución es el funcionarial, existe un papel creciente en todo el sector público de la contratación laboral (especialmente en el ámbito local). El "empleado público", según el Estatuto, se considerará en cualquier persona que preste sus servicios en el sector público, independientemente de que la naturaleza de su empleo sea estatutario o laboral. Quién sabe si esta nueva denominación, más amplia y general, no indica también una nueva tendencia en la que el empleo laboral vaya ganando peso en nuevos ámbitos hoy cubiertos por funcionarios. Hablaremos de ello en un post.
2. Una opinión personal: el Estatuto me ha decepcionado. A lo mejor es que los discursos voluntariosos del ministro Jordi Sevilla llevaron a crearme altas expectativas y la culpa es mía; o, por el contrario, las altas aspiraciones políticas (como ocurre tantas y tantas veces en lo público) han sido lentamente trituradas por los directivos funcionariales.
- Tiene un tufo continuista (¿de nuevo los famosos "copy-paste" de los "administradores civiles" del MAP?) en muchos aspectos (¿alguien me puede explicar si hay una diferencia sustancial entre los grupos A, B, C, D, E y los nuevos A1, A2, B, C1 y C2). Y el inicio de su desarrollo es desesperanzador: no tenéis más que echar un vistazo a las Instrucciones que sacó el MAP en verano. Son farragosas, ambiguas y en la longitud de onda de la vetusta burocracia.
- Al final, como en tantas otras ocasiones (ver mi post de la AEVAL) poco caso al Informe de la Comisión de Expertos. En concreto, en temas como el poco protagonismo que adquieren las EELL, la laboralización en el ámbito local, el abuso del personal eventual, el sistema de carrera profesional o el tribunal de selección.
3. Me ha parecido muy interesante una novedad: la específica "cultura de lo público", con un nuevo código de conducta en la que, aparte de derechos también existen deberes plasmados en principios éticos y principios de conducta. Trabajar en lo público evidentemente no es lo mismo que trabajar en lo privado; no me refiero a la seguridad y la relajación que, tanto la sociedad percibe como muchas personas que acceden por oposición a la administración buscan. Me refiero a que trabajar en lo público implica una serie de valores y principios, una ética de servicio que muchos funcionarios (de los anteriores) no tienen interiorizado. Lo que no sé es qué mecanismos se van a arbitrar para velar por el cumplimiento de esta "cultura de lo público" en las personas que trabajan en la administración.
4. Nuevos conceptos "sobre el papel": directivos públicos, evaluación del desempeño vinculado a las retribuciones y carrera profesional, negociación colectiva, etc. Darán lugar a posts específicos.
5. Mención aparte lo relativo al empleo público local. Independientemente de las reflexiones jurídicas que he encontrado en el blog de esPúblico, opino que el EBEP presta demasiada poca atención un colectivo que consituye una función pública "especial" (está sometido a dualidad normativa, la general y la de la Ley de Bases del Régimen Local). El artículo 3 lo deja todo abierto. Además, las consideraciones respecto a los directivos públicos que hace el EBEP choca con la realidad de las administraciones locales. Lo veremos en un post específico.
Reformar el empleo público es una tarea extremadamente compleja, por la fragmentación, los intereses corporativistas, la cultura dominante, etc. Desde luego es valiente (aunque obligado) haberlo empezado a abordar con el EBEP y es una reforma a muy largo plazo. Pero será al final cada CCAA las que darán una justa medida de si la reforma es profunda o, por el contrario, se queda en un mero maquillaje.
4 comentarios:
Oscar, me tienes alucinado por la cantidad y la calidad de lo que escribes.
Coincido bastante con tú análisis sobre el Estatuto Básico del Empleado Público. Creo que es continuista y poco ambicioso. También comparto que las Administraciones Locales han quedado relegadas en este Estatuto.
El pasado mes de junio publicamos en nuestro blog un resumen de una intervención sobre este tema del profesor Rafael Jiménez Asensio, por si te interesa echarle un vistazo.
En plan puntilloso, me parece que la imagen que has puesto despista un poco, porque el EBEP se aprobó en el senado hace ya tiempo.
Como has dejado los temas más interesantes para futuros posts, estaremos atentos para leerlos.
¡Que sigas manteniendo este nivelazo!
Comparto tu visión general del Estatuto y espero los post que lo desarrollen. Unicamente añadiría en cuanto a la rúbrica legal, que lo de Estatuto Básico de los Empleados Públicos sería mas ajustado a la realidad si se identificase como: " Modelo para armar", pero con instrucciones "al alimón" ( ley estatal-autonómica-negociación sindical), escasas (tienes razón: bonito el cambio formal de grupos, pero..¿por qué cambiar el idioma burocrático dominado?), ambigüedades ( el personal directivo y la evaluación del rendimiento admiten
cualquier desarrollo legal o reglamentario) lagunas (bien dices que el personal local está tocado de puntillas). O sea, que la paradoja está en que una Ley provisional de 1984 duró 23 años, y en cambio, un Estatuto definitivo va a durar 2 o 3 años. P.d.Sigue escribiendo los post. Gracias.
Gracias por vuestros comentarios. Iñaki, la verdad que llevas razón con lo de la imagen. Después de escribir el post fue lo último que puse y como no tenía demasiado tiempo cogí casi lo primero que ví. A ver si ahora lo cambio.
Sevach, me gusta tu "Modelo para armar"; el problema es que al final cada uno armará por su cuenta y habrá un desarrollo bastante asimétrico.
A mi modesto interés el Estatuto Básico del Empleado Público es un simple maquillaje, una especie de photoshop para cumplir una promesa electoral... Se puede hablar, y así lo vas hacer, mucho sobre el EBEP, y como dice iñaki has dejado los temas más interesantes para futuros post. Pero de antemano ya te digo que el Estatuto es simplemente ese jarrón de China que te regalan por tu boda y que luego no sabes dónde ponerlo para qu no moleste. Lo dicho, el EBEP es un simple adorno, difícil de colocar.
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