lunes, 8 de octubre de 2018

El nivel 32

Generalmente cuando hay cambios de gobierno emerge de nuevo en la escena el debate sobre la profesionalización de función directiva. Surge como una respuesta a la tan usual y arraigada en nuestro modelo institucional sustitución masiva de puestos de confianza y libre designación llevada a cabo por el partido que llega al gobierno, sea cual sea su color político. En el último cambio gubernamental se han constatado 485 el número de ceses y sus correspondientes nombramientos en los primeros 60 días de mandato.

El coste que supone tal vaiven de cargos para el funcionamiento de la Administración es elevado. Por un lado el coste económico de los cesados que tienen derecho a indemnización (despidos de directivos de empresas públicas) pero sobre todo el coste por la parálisis administrativa que se produce en tanto los nuevos conocen los proyectos, fijan prioridades y comienzan a tomar decisiones. Si, como es el caso, el cambio se produce con escasos dos años máximo para finalizar la legislatura, sin mayorías parlamentarias y en medio de una campaña electoral permantente el impacto de esta parálisis es aún mayor.

Este es uno de los motivos, que no el único, por el que se reclama la existencia de un cuerpo de directivos públicos que puedan ejercer funciones de dirección de las Administraciones públicas de manera profesional y sin estar sometidos a las vicisitudes del ciclo político.

La dirección pública profesonal es un viejo anhelo solicitado desde diferentes ámbitos desde hace ya muchos años que no ha acabado de materializarse. ¿Por qué? La respuesta es simple: la pugna "suma cero" entre  la ambición política y corporativa de colonizar ese nivel de la Administración que tiran en sentido contracio cual fuerzas contrapuestas a ver cuál se queda con el muñeco del directivo público profesional hacen que nada se mueva. De ahí que desde la aprobación del artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado Público allá hace 11 años todo siga igual.

El quid de la cuestión está en aquello de lo que precisamente más se habla con la boca pequeña en el debate público sobre la profesionalización directiva: ¿qué puestos son aquellos que corresponden a un directivo profesional? y ¿ quién puede serlo? . Otras cuestiones que pueden parecer controvertidas - ¿cómo se selecciona? ¿cuánto dura el cargo? o ¿cuáles son las razones del cese? - están resueltas desde hace tiempo en los países de nuestro entorno, Portugal el último que lo ha solventado,  de forma muy decente por cierto,"animado" por la intervención europea.

¿Son sólo directivos profesionales los directores generales? ¿Y los subdirectores generales? ¿Y los  directivos de organismos autónomos y el sector público no administrativo? ¿Cómo se valora la necesaria confianza y competencias de gestión de entorno político inherentes a todo directivo público? ¿Son la condición de funcionario público y los trienios requisitos indispensables para optar a ser un directivo público? ¿Qué otros méritos, aparte de la hoja de servicios y el número de registro de personal, se han de valorar?

Configurar la dirección pública profesional supone dar respuesta a estas preguntas. Y no es fácil hacerlo; de hecho nada se mueve porque según unos actores u otros las respuestas son diferentes. En el momento que empiecen a tejerse consensos el tema se moverá pero no será fácil. Las tentaciones partidistas y las tentaciones de que la dirección pública se convierta en un nuevo nivel 32 son demasiado fuertes.



1 comentario:

  1. Tienes toda la razón. Seguimos como en tiempos de Larra cambiandolo todo en cuanto se accede al alto Cargo Público.Lo malo es que nadie lo quiere cambiar porque todos lo quieren 'gozar' de la equivocada herramienta el día que 'manden'.

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