El pasado viernes el Consejo de Ministros aprobó y remitió a las Cortes el proyecto de ley del Procedimiento Administrativo Común que viene a refundir las actuales leyes 30/92 y 11/2007 de Administración electrónica.
Se trata de una medida incluida en la reforma CORA que pretende servir de instrumento normativo para la transformación digital de las Administraciones públicas. Entre otros objetivos se persigue mejorar la eficiencia administrativa con una Administración totalmente electrónica e interconectada que otorga carácter preferente a la tramitación electrónica de los procedimientos, impone la obligación de que las comunicaciones sean mediante medios electrónicos a personas jurídicas, profesionales que requieran colegiación y físicas que reglamentariamente se determine. Significativamente otorga validez jurídica a los actos digitales y a medios de identificación y firma electrónica mucho más simplificados y usables como es el caso de cl@ve.
Asimismo este proyecto viene complementado por otro de Régimen Jurídico del Sector Público que establece que todas las relaciones de las Administraciones con sus órganos, organismos y entidades dependientes así como las de las distintas Administraciones entre sí serán a través de medios electrónicos que además garanticen la interoperabilidad de los sistemas. Realidad ésta que costará años alcanzar pero para la que el proyecto de ley marca un camino claro y decidido. Además se regula el portal de Internet como punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponda a una Administración y permite el acceso a información y , en su caso, a servicios (sede).
En todo este marco general podríamos considerar que se incluye el plan del Ministerio de Justicia de avanzar de manera decidida hacia una Justicia sin papel. Un camino que se inició hace años, que no es fácil y que aún le quedan otros cuantos. Pero al que hay que ir dando pasos, aún sabiendo que este transitorio donde coexistan el papel con lo digital se va a mantener un tiempo largo y será fuente de distorsiones e ineficiencias difíciles de comprender en determinadas situaciones.
El paso a dar este año 2015 es importante y parte de dos premisas: que poner fechas es siempre bueno; y que la obligatoriedad introducida a través de la ley que mayor efecto jurídico produzca dejando el mínimo margen a la interpretación es una vía válida para avanzar. Fruto de ello es la medida de que el 1 de ener
o de 2016 la ley de Enjuiciamiento Civil establecerá como obligatorias las relaciones electrónicas de los profesionales con la Justicia. Supondrá un salto importante hacia la Justicia sin papel, aunque a corto no produzca los efectos máximos deseados al no contar todavía con la implantación completa de la tramitación / expediente judicial.
Para ello es preciso que todos los actores (jueces, fiscales, secretarios, procuradores, abogados, instituciones, etc...) se impliquen a fondo y resuelvan, junto a Ministerio y CCAA los impactos que se vayan a producir. Este es el objetivo de la Comisión de alto nivel creada esta mañana y cuyo resumen adjunto en este link.
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