Ya son cuatro las agencias estatales; la última, el CSIC cuya creación aparece en el BOE del pasado 14 de enero.
El decreto por el que se crea la Agencia es similar a los anteriores, prácticamente un "copy-paste" con algunos matices. Una de las cuestiones resaltadas en la exposición de motivos es que el "Estatuto fija la estructura orgánica básica.... y para el resto de su organización únicamente establece sus categorías, otorgando al Consejo Rector esta competencia.... lo cual permitirá a la Agencia adaptarse con facilidad a las demandas del momento, capacidad esencial en un entorno cambiante como el de la investigación científica y el desarrollo tecnológico". Se pretende una amplia autonomía y flexibilidad, filosofía principal del modelo de agencias.
La Presidencia es con carácter ejecutivo, no una figura institucional o un director como en otros casos (la AECID, por ejemplo). Debe ser ocupada por personas de experiencia acreditada en I+D, aunque nombradas por el Ministro no siendo por tanto un puesto profesional sino más bien un profesional-político. El Consejo Rector es amplio y plural: no sólo políticos (directores generales de la AGE) sino "profesionales de reconocido prestigio", consejeros autonómicos y sindicalistas. Además la Agencia cuenta con tres Vicepresidentes (parece excesivo) de asuntos institucionales, relaciones internacionales e investigación más un Secretario general. Además existen Coordinadores de Redes Científicas.
El régimen del personal directivo es mixto: funcionarios y laborales de alta dirección (los Coordinadores de Redes). El resto de personal es de muy divera índole, debido a la especial naturaleza del centro, permitiendo personal en prácticas, por proyecto, funcionarios, laborales fijos y temporales. Destaca la existencia de una Comisión de Selección de carácter permanente.
En aspectos como el contrato de gestión, los planes anuales, la memoria, las cuentas anuales y la gestión presupuestaria o económico-financiera es casi igual a otros Estatutos persiguiendo una mayor autonomía con los correspondientes mecanismos de control y rendición de cuentas.
El decreto por el que se crea la Agencia es similar a los anteriores, prácticamente un "copy-paste" con algunos matices. Una de las cuestiones resaltadas en la exposición de motivos es que el "Estatuto fija la estructura orgánica básica.... y para el resto de su organización únicamente establece sus categorías, otorgando al Consejo Rector esta competencia.... lo cual permitirá a la Agencia adaptarse con facilidad a las demandas del momento, capacidad esencial en un entorno cambiante como el de la investigación científica y el desarrollo tecnológico". Se pretende una amplia autonomía y flexibilidad, filosofía principal del modelo de agencias.
La Presidencia es con carácter ejecutivo, no una figura institucional o un director como en otros casos (la AECID, por ejemplo). Debe ser ocupada por personas de experiencia acreditada en I+D, aunque nombradas por el Ministro no siendo por tanto un puesto profesional sino más bien un profesional-político. El Consejo Rector es amplio y plural: no sólo políticos (directores generales de la AGE) sino "profesionales de reconocido prestigio", consejeros autonómicos y sindicalistas. Además la Agencia cuenta con tres Vicepresidentes (parece excesivo) de asuntos institucionales, relaciones internacionales e investigación más un Secretario general. Además existen Coordinadores de Redes Científicas.
El régimen del personal directivo es mixto: funcionarios y laborales de alta dirección (los Coordinadores de Redes). El resto de personal es de muy divera índole, debido a la especial naturaleza del centro, permitiendo personal en prácticas, por proyecto, funcionarios, laborales fijos y temporales. Destaca la existencia de una Comisión de Selección de carácter permanente.
En aspectos como el contrato de gestión, los planes anuales, la memoria, las cuentas anuales y la gestión presupuestaria o económico-financiera es casi igual a otros Estatutos persiguiendo una mayor autonomía con los correspondientes mecanismos de control y rendición de cuentas.
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