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reflexiones sobre administración pública inteligente

viernes, 28 de septiembre de 2007

Reducción de cargas administrativas a empresas


El pasado 4 de mayo el Consejo de Ministros acuerda impulsar el programa de mejora de la reglamentación y reducción de cargas administrativas. El Acuerdo da cumplimiento a las reiteradas peticiones de la UE (plasmadas en las conclusiones de distintos Consejos Europeos) mediante las que se insta a los Estados a simplificar las normativas y reducir las cargas burocráticas en un 25%.


Mediante el Acuerdo se crea un Grupo de Alto Nivel compuesto por diversos altos cargos cuya misión es elaborar un Plan de Acción. Y yo digo: ¡cuánto gustan en la Administración del Estado los Grupos de Alto Nivel, las Comisiones Delegadas, las Comisiones Interministeriales, los Consejos Superiores, etc.!!! ¿Sirven para gran cosa o realmente son los grupos de más bajo nivel los realmente útiles por ser los que diseñan y desarrollan las distintas iniciativas?
Al final, uno tiene la sensación de que para poner en marcha (que funcione, me refiero) cualquier iniciativa concreta se necesitan demasiados actos, discursos, vagas intenciones, grupos de alto nivel, planes, etc.


Pero lo más sorprendente es lo relativo a otro de los puntos del Acuerdo: "acordar mecanismos de colaboración con las Cámaras de Comercio y las orgnizaciones empresariales y sindicales para avanzar en la rápida identificacion de aquellas medidas que permitan la reducción de cargas". En este contexto, el pasado lunes se reunieron en el MAP, la ministra Elena Salgado y el presidente del Consejo Superior de las Cámaras de Comercio para firmar firman un protocolo de colaboración por el que son las Cámaras las que tienen que identificar los trámites administrativos necesarios que han de cumplir, y el MAP analizar e informar de las medidas de simplificación y reducción de trámites. ¡¡¡Son las Cámaras las que le tienen que decir al MAP los trámites que han de cumplir !!!!, en vez de ser la Administración quien haga todo el trabajo como sería lo lógico; cuando he leído la nota de prensa lo he tenido que hacer dos veces porque me resulta muy sorprendente.

jueves, 27 de septiembre de 2007

Estrategias de modernización en nuestras AAPP



Me he animado a echar un vistazo a las diferentes estrategias de modernización que diferentes Administraciones Públicas, las de mayor tamaño (Estado, CCAA y grandes EELL), tienen en vigor en estos momentos. Las he colgado del blog en la sección "Estrategias de Modernización" por lo que si alguien está interesado puede consultar el documento y la Administración a que corresponde.

Para empezar quisiera resaltar que no todas las instituciones por las que me he interesado tienen, al menos publicada, una estrategia de modernización. En concreto, administraciones autonómicas como Asturias, Galicia, Baleares, Rioja o Aragón no tienen nada publicado en sus páginas web salvo los organigramas y los decretos de nombramientos o de atribución de funciones a cada unidad administrativa.



Sin duda, con la que me quedo (al menos, sobre el papel) es con la de la Junta de Andalucía (no es la primera vez que aquí hablamos de las iniciativas de la Junta) . Son varios los motivos:

  1. Porque es una estrategia con vocación de largo plazo (2006-10), planteada al margen de los posibles vaivenes políticos (elecciones en 2008).

  2. Es una estrategia integral y de amplio alcance, con varias líneas estratégicas muy orientadas al concepto de i-administración (corresponden prácticamente a los temas que trata este blog): administración próxima; orientación a resultados y compromiso público; creación de valor a través de profesionales; gestión del conocimiento; cooperación.

  3. Va enmarcada en un proyecto de más calado de fomento de la innovación y la excelencia en todo el territorio andaluz, impulsado por la misma Presidencia y articulado por la Consejería de Innovación.


Aunque las estrategias del Ayuntamiento de Madrid y de la Junta de Castilla y León corresponden a planes de la legislatura anterior, pienso que son la base ideal para proceder a un nuevo impulso en este nuevo periodo de cuatro años que ahora comienza. Ambos abogan por nuevos sistemas de atención al ciudadano, racionalizacion administrativa, eficiencia de recursos o desarrollo de la función pública. Madrid además profundiza en calidad de servicios (en los que ciertamente han hecho un gran esfuerzo). En ambos casos la administración electrónica es considerada no como el asunto principal, sino como un instrumento (fundamental, eso sí) para alcanzar los compromisos.



El resto también los valoramos porque por lo menos algo existe, aunque se trata más bien de planes específicos que de estrategias integrales de modernización. Así, Barcelona, la Comunidad Valenciana y la Euskadi lo que poseen son iniciativas concretas de implantación TIC en sus ámbitos de gestión: "Barcelona online", inventario de proyectos con nombres extravagantes en el caso valenciano y un plan muy bueno (concreto y detallado) para la administración electrónica en el caso vasco. La Junta de Extremadura, sin embargo, opta por la simplificación de procesos (enfoque procedimiental) y la calidad (cartas de servicios). La Comunidad de Madrid tiene una estrategia compuesta centrada en la racionalización, simplificación, ahorro de costes y evaluación de políticas.



Dejo para el final el Plan Moderniza de la AGE, plan ambicioso para el periodo 2005-08, que presenta tanto en su definición como en su ejecución luces y sombras. Sin duda las leyes del Estatuto Básico del Empleado Público así como de Administración Electrónica, junto a la implantación de la red 060 son sus aspectos más destacados. Pero aún quedan muchos puntos pendientes que, yo al menos, no he visto materializados: reforma de la administración periférica, simplificación de trámites administrativos o medidas para la transparencia y participación en la AGE están pendientes. Si es cierto que a la nueva ministra se le acabó el impulso político en su anterior etapa en Sanidad me temo que tendremos que esperar al menos hasta la próxima legislatura.

miércoles, 26 de septiembre de 2007

Blog para participar en las políticas públicas


Conozco a través del blog k-government de Carlos Guardián una iniciativa que, aunque parezca de tierras remotas, muy interesante en el ámbito de "administración abierta" y utilización de nuevas tecnologías.


Se trata de la puesta en marcha por parte del Gobierno de Australia de un "blog para consultas", cuya misión es dar oportunidad a los ciudadanos para que puedan participar, contribuir e influenciar la política gubernamental y los servicios públicos.


El proceso de puesta en marcha del blog comienza un planteamiento inicial (si te interesa el "paper" pincha aquí) que hace la Administación. Según el mismo, se trata de hacer la acción pública más accesible y receptiva abriendo una línea de comunicación Administración-ciudadanos mediante la utilización de tecnologías on-line.


Se utiliza para ello el instrumento del "blog de consultas", website en el que se publicarán las diversas cuestiones sometidas a escrutinio público. Las funcionalidades que la Administración propone incluir en el blog serían:


  • Listado de consultas (políticas a debatir), con información (documentos, videos, etc.) que describa y soporte cada una de ellas. Se permitiría vincular las consultas a otros blog.

  • Responder a una consulta, mediante la utilización de posts y comentarios así como un foro de discusión.

  • Retroalimentación a los participantes del blog sobre lo que ocurre con cada uno de sus comentarios y la utilización que se les ha dado.

  • Posibilidad de difundir la consulta a través de diversas redes sociales.

  • Motor de búsqueda de consultas, mediante áreas, etiquetas, tags, seguimientos RSS, etc.

El documento inicial que propone la Administración australiana se somete, antes de su aprobación, a un proceso abierto, a lo "buzón de sugerencias", en el que se invita a todos los que quieran comentar y aportar nuevas ideas para la configuración del blog.


Esto sí que es "open government" en su más pura esencia.

martes, 25 de septiembre de 2007

El nuevo EBEP ( y V): derechos, ordenación profesional y final

Terminamos con este post la serie que hemos venido publicando en relación con el nuevo EBEP. Lógicamente la ley da para mucho más pero hay otros temas y tampoco es cuestión de aburrir.



En cuanto a DERECHOS :


  1. No hay prácticametne novedades. El EBEP se limita a incorporar viejas reivindicaciones de los sindicatos de Administración Pública (pagas extra con todos los complementos, días libres adicionales según los trienios, nuevo permiso de paternidad, etc.)


  2. Aunque mucha gente ya lo ha dicho, aquí también lo tenemos que resaltar: es curioso que sea una ley tan de bases y abierta en temas fundamentales (directivos públicos, carrera profesional, etc.), pero sin embargo tan detallada en cuando a los derechos de los empleados públicos. Ya en el trámite parlamentario, numerosos grupos parlamentarios se quejaron de que una redacción tan detallada de los capítulos de negociación colectiva, jornada, permisos y vacaciones ataba en exceso el posterior desarrollo normativo a efectuar por las CCAA. Se aligeró un poco pero básicamente quedó igual.


  3. El capítulo de retribuciones es absolutamente continuista. Tan sólo de forma tímida indica (art. 24.c) que las retribuciones complementarias también se fijarán según el "rendimiento o resultados obtenidos". El desarrollo de "retribuciones variables" en lo público suele fracasar: las productividades al final son complementos fijos y cuando se impulsan "incentivos" los responsables de asignar estas cuantías se lavan las manos para evitar problemas y acaban repartiendo la bolsa de forma lineal (por el nivel) o a todos por igual. Confiemos (siendo muy optimistas) que en áreas donde se logren establecer evaluaciones del desempeño más científicas puedan implantarse sistemas de retribución en función del rendimiento.


  4. El derecho a la negociación es una vieja reivindicación sindical que, por fin, se ve atendida. Con un grado de detalle, nuevamente, impropio para una ley de bases.


No creo que la redacción del Título V de Ordenacion de la actividad profesional y, su posterior desarrollo mediante Leyes de Función Pública en los ámbitos estatal y autonómico, aporte gran solución a los problemas patológicos que acechan a las Administraciones Públicas en este aspecto:



  1. Se proponen objetivos e instrumentos de planificación (art. 69) que sirvan para ordenar los recursos humanos en el conjunto de cada Administración. Algo de ésto ya se está intentando hacer en el ámbito de la AGE con la determinación de "sectores prioritarios" en la OPE. No obstante, el resultado de estos mecanismos creo que no es demasiado satisfactorio puesto que muchos de estos puestos de "sectores prioritarios" quedan desiertos (los funcionarios de la AGE no quieren caer en puestos de los que al final les va a costar salir) o cubiertos con funcionarios de los extintos Cuerpos de Correos y Telégrafos, lo que al final implica inflar la plantilla de empleados públicos estatales.


  2. Se habla de gestión integral (art. 71.4), pero en el ámbito de cada Administración. ¿Servirá la Conferencia Sectorial como instrumento para una visión integral de las plantillas del conjunto de la Administración pública? Hay un documento interesante que saca todos los años el MAP, el Boletín EStadístico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Con datos a 1 de enero de 2007 se puede observar que existen en el nucleo duro de la AGE un total de 232.601 funcionarios, no habiendo prácticamente variado en los últimos 5 años y con la posibilidad que se ha abierto el pasado julio a los 34.317 funcionarios de Correos más de incorporarse a la Administración. ¿Cómo es posible que con las nuevas tecnologías y con los traspasos siga manteniéndose ese volumen de empleados públicos estatales? Sin duda no existe una gestión integral.


  3. El tema de estructuración del empleo público queda igual, salvo el cambio de denominación de los grupos profesionales. Supongo que para confundir un poco más.


  4. La movilidad sigue planteándose de forma prácticamente voluntaria. Es un concepto directamente vinculado a la carrera profesional, pero el EBEP no los relaciona de ninguna forma. Parece ser que seguirán produciéndose movimientos en los que prime más la voluntariedad y la necesidad de cubrir un determinado puesto que los verdaderos requisitos relacionados con el mismo.

El resto (régimen disciplinario, situaciones administrativas, etc. ) de nuevo excesivamente detallado y continuista por lo que no me merece más comentarios.


Terminamos la serie con un "copy-paste" de un post de Iñaki Ortiz que contiene un párrafo que me ha encantado y con un chiste del "ilustre funcionario" Forges:


El párrafo


Finalmente, Jiménez Asensio considera que para que se hagan efectivas las innovaciones que incorpora el Estatuto deben darse las siguientes condiciones:



  • Un desarrollo legislativo armónico y algo audaz.

  • Una fuerte inversión en recursos humanos y en técnicas de gestión de recursos humanos, así como en formación.

  • Un replanteamiento institucional y organizativo de las administraciones públicas.

  • Una introducción del “valor de lo público” como elemento diferencial del empleo público, con una mayor responsabilización y un mejor rendimiento institucional.

  • Una interiorización por parte de todas las fuerzas políticas de que el empleo público es una institución estratégica para el desarrollo sostenible y armónico de la sociedad, así como un factor de competitividad del país o de la ciudad de primera importancia.

  • Un liderazgo político en el proceso de cambio, lo que exige compromiso de los políticos (Presidentes y Alcaldes), consenso con las fuerzas políticas y sindicales, y también equipos que tengan una mínima continuidad temporal (que no se destruya “el conocimiento” acumulado).

  • Pero sobre todo, ideas claras de qué hacer y cómo hacerlo.

El chiste


domingo, 23 de septiembre de 2007

El nuevo EBEP (IV): selección, carrera y evaluación


Uno de los mayores desajustes existentes en el modelo de gestión de recursos humanos en la Admnistración Pública es el de la SELECCIÓN. El sistema de oposición, centenario, no cumple el objetivo central que se le demanda a todo sistema selectivo: ser capaz de captar a los mejores profesionales que se adapten a las características de un puesto. Aunque en los últimos tiempos se han ido añadiendo ejercicios prácticos, la oposición, como bien sabéis, no es más que un rosario de pruebas de tipo memorístico en las que salen victoriosos quiénes mejor son capaces de recitar ante un tribunal un número de temas el que sea. Además, la adscripción posterior al primer puesto, efectuada mediante la puntuación de examen+curso de acceso, en muy poco tiene en cuenta que el candidato posea o no las competencias requeridas para dicho puesto. Esta situación en los grupos superiores (A-B) es sangrante; siempre pongo el ejemplo de los jueces: ¿cómo se puede pasar de recitar como un papagallo cinco temas ante un tribunal a ser titular de un juzgado penal, con la responsabilidad que ello conlleva?.


Una vez más, el EBEP es continuista y aporta muy poco en proporcionar a la Administración herramientas que garanticen la selección de los mejores profesionales. Tan sólo introduce de forma tímida (art. 61.2) que los "procedimientos selectivos cuidarán especialmente la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo". ¿Profundizarán en ello las CCAA o seguiremos como hasta ahora con una fina mano de pintura?


Idéntica valoración me merece lo que es el nudo gordiano de todo proceso selectivo, el órgano de selección. De nuevo el EBEP deja las cosas prácticamente como están. No es de recibo que la selección (composición de tribunales) la realicen personas que como mucho son capaces de detectar si unos temas están bien o mal expuestos pero en ningún caso de verificar si la persona cumple unas competencias requeridas para un puesto de trabajo.


Pasamos a la CARRERA Y EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO. El EBEP la consagra como un derecho para los funcionarios de carrera (art. 16.1) pero es preocupante que el modelo es de mínimos, no se establecen plazos para su implantación y su desarrollo previsiblemente será asimétrico. En muchos casos habrá continuismo.


Así, el nuevo modelo de carrera (art. 16.2) vendría vinculado a:


  1. Itinerarios propios, dependientes de la evaluación del desempeño (art. 20), la cual es obligatoria pero no se indica cuándo ni cada cuánto, ni cómo (presumiblemente lo indicarán las CCAA en las leyes de desarrollo). Sí se menciona que se medirá y valorará (son cosas distintas) la conducta profesional y los resultados planteándose objetivos vinculados al puesto o la unidad organizativa. Por lo que conozco de evaluación del desempeño , si ya es complicada en el ámbito privado más lo es aún en el público, no sólo por la dificultad de implantar sistemas transparentes y objetivo sino por las presiones sindicales y la cultura imperante; al final se acaba tendiendo a soluciones del "café para todos". Los vascos en este tema han profundizado como creo que nadie en todo el Estado; alguna vez oí a uno de sus expertos, Mikel Gorriti, que a lo máximo que habían llegado es detectar lo que del sector privado menos les convenía.

  2. Planes de carrera: que implican directametne un modelo de formación y a un modelo de organización. Formación en cuanto a que es preciso vincularla a la carrera y a los puestos a desempeñar acabando con el sistema actual por el que se valoran como méritos los cursos realizados y sus horas, independientemene que tengan o no que ver con el puesto de trabajo Respecto al modelo de organización, cada CCAA fijará el suyo pero es preciso: fijar los límites entre los puestos a cubrir por "méritos" o por "libre designación"; determinar cómo enlazará la carrera de funcionario con la carrera directiva y, por último, definir los ámbitos (unidades, puestos, etc) por los cuales moverse y vincularlos a las competencias requeridas para cada uno de ellos.

Por último una breve mención a la carrera horizontal (art. 17): es facultativa y progresiva pero no es algo universal porque habrá puestos en los que sí se podrá fijar diversos escalones y otros que no. Por lo menos es interesante que para hacer carrera se deba valorar la trayectoria, la calidad de los trabajos, la formación y la evaluación del desempeño. Si esto se articula y se modifican consecuentemente los sistemas de provisión de puestos (concurso o libre designación) sí será un cambio de calado en la gestión de personas en el ámbito público.

sábado, 22 de septiembre de 2007

El nuevo EBEP (III): funcionarización o laboralización


"Partiendo del principio constitucional de que el régimen general del empleo público en nuestro país es el funcionarial, reconoce e integra la evidencia del papel creciente que en conjunto de las Administraciones Públicas viene desempeñando la contratación de personal conforme a la laegislación laboral para el desempeño de determinadas tareas..... y sintetiza aquello que diferencia a quienes trabajan en el sector público administrativo, sea cual sea su relación contractual, de quienes lo hacen en el sector privado"


Así empieza la Exposición de Motivos del EBEP. Una novedad muy significativa que aporta el Estatuto es sin duda la introducción de la figura de "empleado público": de nueva creación, diluida y genérica ya que abarca a todos aquellos que son retribuidos al servicio de la Administración (excepto los directivos públicos).


¿Supone la denominación de "empleado público" el pistoletazo de salida para la laboralización progresiva en el conjunto de las Administraciones? Algunos piensan que sí. Yo creo que no.


El sistema político-administrativo español, igual que el francés o el alemán, sigue el modelo por el cual la Administración es la principal fuerza integradora de la sociedad y sus preopupaciones básicas son la elaboración de las leyes y el uso de la coerción necesaria para aplicarlas. Los empleados de dicha Administración (funcionarios) son investidos de potestades por lo que el derecho es el eje central de sus procesos de capacitación. El otro modelo, los países anglosajones, Holanda y Suecia (paradigma del estado del bienestar y de potentes servicios públicos !!!!) se basa en la imparcialidad, la flexibilidad, el pragmatismo antes que en la capacidad técnica o la estricta legalidad; sus empleados públicos son simples ciudadanos que trabajan para organizaciones gubernamentales y no una clase especial investida con atribuciones especiales. En Suecia todos los empleados públicos están sujetos a la legislación laboral, son contratados por cada organización pública y están sometidos a un elevado sistema de incentivos en un modelo institucional en el que las agencias están fuertemente implantadas.


Como decía antes, hay sectores que opinan que lo que se pretende es una progresiva laboralización en la función pública:


  • Primero, por copia de los modelos existentes en otras administraciones de países de vanguardia (como son los nórdicos), con unos servicios públicos fuertes y eficientes.

  • Segundo, porque la definición que el EBEP da a quienes deben ostentar el título "funcionarios de carrera" (artículo 9.2) podría interpretarse como restrictiva: "aquellos cuyas funciones impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses del Estado y las AAPP".

  • Tercero, porque la laboralización ha ido invadiendo las estructuras de ciertas administraciones como las de las entidades locales, donde más de la mitad de los puestos de trabajo son ocupados por laborales.

En mi opinión, el modelo del nuevo EBEP no cambia: es un modelo funcionarial, aunque permita a las CCAA fijar en las correspondientes normas de desarrollo qué puestos podrán ser ocupados por personal laboral:



  • Primero, por la fuerte cultura del funcionariado público en las administraciones españolas (que al final serán quiénes desarrollen en la práctica el EBEP) o la propia jurisprudencia del Tribunal Constitucional que ha sostenido reiteradamente que los puestos de las Administraciones deben ser cubiertos de forma prioritaria por personal funcionario.

  • Segundo, porque aumentando el conjunto de personal laboral y para atender sus legítimas reivindicaciones de promoción y carrera vertical, se ha instalado el hábito de los procesos de funcionarización, frente a la búsqueda de fórmulas de promoción para este personal sin modificación de estatus administrativo.

  • Tercero, porque aun introduciendo el término "empleado público" la propia estructura de la norma del EBEP gira permanentemente en torno a la figura del funcionario de carrera dejando en un segundo plano muy marginal al colectivo laboral. Podríamos decir que es una ley redactada por funcionarios para funcionarios.

Manteniendo mi opinión que el modelo será continuista y, por tanto, funcionarial, sí me gustaría añadir, por último, dos observaciones:



  1. Está por ver si, en lo referente a los directivos públicos, se apuesta más por relaciones laborales de alta dirección o, por el contrario se manteniene la obligatoriedad de funcionario público para la mayor parte de ellos. En este punto, sí que creo que habrá apertura porque, aun siendo razonable que la mayor parte de los puestos directivos se nutran de personas que han desarrollado su carrera en el sector público, esta cobertura debería ser más por sus méritos y experiencia que por una claúsula normativa que impusiera la condición de funcionario público para el desempeño del puesto. La situación actual en la que según la LOFAGE, directores generales y subdirectores generales (de la AGE) deban ser obligatoriamente funcionarios (excepto casos muy motivados que debe aprobar el Consejo de Ministros) no tiene ningún sentido con el nuevo concepto de directivo público profesional.

  2. La Administración que veo a largo plazo debe ser sin duda una Administración de grupos A y B, en la que los trabajos burocráticos de baja cualificación sean sustituidos por las nuevas tecnologías. Sería conveniente pues una reflexión acerca de la estructura de las organizaciones públicas y la composición de las RPT en la línea de plantearse si el elevadísimo número de puestos de grupos C, D y E (administrativos, auxiliares y ordenanzas), no ya se justifica (ese es otro debate), sino si deben ostentar la condición de funcionario público. Quizá aquí sí tendría sentido empezar una progresiva laboralización; no parece que muchos de estos puestos cumplan la condición de "participar directa o indirectamente en el ejercicio de potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales" (art. 9.2).

jueves, 20 de septiembre de 2007

El nuevo EBEP (II): directivos públicos



Por lo general, en las administraciones públicas actuales (excepto quizá el ámbito local del que luego comentaremos) los puestos de dirección (superior y operativa) están ocupados o por políticos o por "administradores". Los primeros utilizan dichos puestos como "botín" de su victoria electoral para ir colocando a fieles a cambio de favores y clientelismo de partido. Los segundos, denominados así, no por referirme a un cuerpo concreto de altos funcionarios, sino por erigirse en sumos sacerdotes de la correcta aplicación del procedimiento como única y exagerada orientación jurídica de su profesión.


Entre ambos, políticos y "administradores", que lógicamente son elementos imprescindibles en el sector público, se precisa una figura intermedia, de profesionales de la gestión que sepan, por un lado, gestionar el entorno político al que están sometidos y, por otro, conocer la maquinaria administrativa para hacerla trabajar a pleno rendimiento. Es aquí donde surge la figura de la dirección pública profesional (DPP) emergente, transformadora y con rasgos contraculturales respecto a lo que ha sido la cultura dominante en la administración pública durante décadas.



Centrándonos ya en el nuevo EBEP, en su exposión de motivos reconoce que uno de los pilares de la modernización administrativa es la necesidad de contar con un adecuado personal directivo cuya gestión, profesional, esté sometida a criterios de eficacia, eficiencia, responsabilidad y control de resultados en función de dichos objetivos.



¿Qué podemos decir de la figura del directivo público en el EBEP?



  1. Se "institucionaliza" la figura (art. 13) lo cual ya es una buena noticia. Hablamos de "institucionalizar" porque directivos profesionales ya existen en algunas administraciones, como la catalana o la local (en ésta donde mayormente implantada).


  2. Como es la tónica de todo el Estatuto es una regulación de mínimos o enumeración de principios, en la que: por un lado, dependerá del mayor o menor desarrollo que le otorguen las CCAA; por otro, vuelve a descafeinar la Propuesta de la Comisión de Expertos mucho más ambiciosa (incluso en el trámite del Senado el propio MAP echó abajo la propuesta inicial de que los directivos públicos fueran considerados empleados públicos y los ha dejado incluso sin situación administrativa alguna).


  3. La calificación de "profesional" (art. 13.1), frente al "amateurismo", supone la necesidad de acreditar de una serie de competencias profesionales que tendrán que ser definidas. Hoy en día todos conocemos de la existencia de numerosos directivos públicos de perfil político sin ningún tipo de cualificación profesional.


  4. Se "designan", no se "seleccionan" (art. 13.2). Esta calificación en sí, no me gusta, porque puede parecer una puerta abierta de nuevo a los nombramientos arbitrarios, aunque luego se esfuerce por introducir los principios de publicidad y concurrencia.


  5. Está sometido a "evaluación" (art. 13.3), con arreglo a otros parámetros distintos de la de los empleados públicos referida en el EBEP. Esto, entiendo, conlleva la posibilidad de implantar sistemas de premios /castigos en función de resultados.


  6. El modelo es abierto, en cuanto a que no especifica los que deban ser funcionarios. En el primer borrador sí que lo hacía, reservando para los mismos todos aquellos puestos que significaran el ejercicio de autoridad o de potestades públicas. Ahora, lo tendrán que determinar las CCAA. En este aspecto será necesario tener en cuenta la amplia laboralización de las funciones directivas en la administración local, pudiendo ser problemático el exigir ahora el carácter de funcionarios a puestos que habitualmente han venido siendo ejercidos en régimen laboral.


¿Qué sería conveniente que figurara en los decretos que determinen el Estatuto del Directivo Público Profesional?



  1. Una definición clara del ámbito funcional para la DPP, diferenciando los puestos “políticos” de los puestos profesionales. Estos últimos para puestos en los que: la materia fuera políticamente neutra; el rol despolitizado; el producto a obtener estandarizable y medible; y el sistema de gestión que demanda el cargo, sofisticado.


  2. La posibilidad de dotar a estos puestos de una esfera de discrecionalidad, al tratarse de puestos que requieren de delegación y renuncia estable a la interferencia política, que se reservaría la formulación de prioridades y líneas de actuación estratégica. El gerente público asumiría la responsabilidad de dirigir los procesos de implementación de políticas.


  3. Sistemas claros de responsabilización e incentivación, ya que el margen decisión comentado con anterioridad hace imprescindible la existencia de un régimen de premios/sanciones asociado a la evaluación del rendimiento directivo que estimule la innovación, aunque con mecanismos de garantía más consistentes que en el ámbito empresarial para evitar que la gerencia pública derive en prácticas arbitrarias o de clientela.


  4. Prcesos de designación de directivos públicos en los que se valoren conocimientos específicos (formación postgrado en dirección pública), experiencia acreditada en el ámbito público y habilidades (las relacionales las más importantes) . El sistema de selección mediante oposición (tal y como hoy lo entendemos) no es el idóneo aunque la selección deba ser pública, abierta, igualitaria y transparente.

    Veremos qué queda en cada CCAA. Mientras, para aligerar un poco este comentario un chiste sobre lo que, esperemos, nunca debería ser un directivo público:


miércoles, 19 de septiembre de 2007

El nuevo EBEP (I) : cuestiones generales


Teniendo en cuenta que las administraciones públicas están formadas por personas, la reciente entrada en vigor del nuevo Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) es un hito fundamental en el camino hacia la administración inteligente (i-administración). Ello me lleva a iniciar una serie de comentarios, que publicaré en los próximos días, en los que procuraré plasmar mis impresiones sobre el mismo.


  1. Los títulos de las leyes no suelen ser casuales . Esta no es una excepción:
  • "ESTATUTO": desde la entrada en vigor de la Constitución, en la que se consagra un modelo de empleo público concreto a desarrollar mediante ley, han pasado casi 30 años en los que los gobiernos y/o legisladores no han podido o no han visto el momento para proceder a una norma integral sobre el personal al servicio de lo público. La Ley 30/84 de Medidas para la Reforma de la Función Pública no fue más que un parche para dar salida a una voluntad política de "hacer algo" que chocó con una débil posición del ministro de turno. Al final esa ley, y sus correspondientes remiendos mediante decretos, órdenes, instrucciones, etc. ha sido el más importante soporte legal al empleo público en todo este tiempo.

  • "BÁSICO": no puede ser de otra manera que ésta sea una ley de mínimos. Se ha podido comprobar durante toda la tramitación parlamentaria. La descentralización administrativa, por la cual la mayor parte de empleados públicos están en el ámbito autonómico y local y, por consecuencia también las materias de gestión de personal (hecho éste agravado por la entrada en vigor de los nuevos Estatutos de Autonomía), implica que el empleo público sea heterogéneo y fragmentado. Finalmente el desarrollo concreto del EBEP dependerá de cada CCAA que será quien profundice más o menos en cada uno de sus elementos. Además, este atributo de "básico" lo es también por la creciente autonomía de gestión de la pluralidad de organizaciones públicas (departamentos, organismos autónomos, entes públicos, sociedades, agencias, etc.) con una amplia variedad de colectivos en cada nivel de gobierno.

  • "EMPLEADO PÚBLICO": aunque el modelo de función pública que consagra la Constitución es el funcionarial, existe un papel creciente en todo el sector público de la contratación laboral (especialmente en el ámbito local). El "empleado público", según el Estatuto, se considerará en cualquier persona que preste sus servicios en el sector público, independientemente de que la naturaleza de su empleo sea estatutario o laboral. Quién sabe si esta nueva denominación, más amplia y general, no indica también una nueva tendencia en la que el empleo laboral vaya ganando peso en nuevos ámbitos hoy cubiertos por funcionarios. Hablaremos de ello en un post.

2. Una opinión personal: el Estatuto me ha decepcionado. A lo mejor es que los discursos voluntariosos del ministro Jordi Sevilla llevaron a crearme altas expectativas y la culpa es mía; o, por el contrario, las altas aspiraciones políticas (como ocurre tantas y tantas veces en lo público) han sido lentamente trituradas por los directivos funcionariales.


  • Tiene un tufo continuista (¿de nuevo los famosos "copy-paste" de los "administradores civiles" del MAP?) en muchos aspectos (¿alguien me puede explicar si hay una diferencia sustancial entre los grupos A, B, C, D, E y los nuevos A1, A2, B, C1 y C2). Y el inicio de su desarrollo es desesperanzador: no tenéis más que echar un vistazo a las Instrucciones que sacó el MAP en verano. Son farragosas, ambiguas y en la longitud de onda de la vetusta burocracia.

  • Al final, como en tantas otras ocasiones (ver mi post de la AEVAL) poco caso al Informe de la Comisión de Expertos. En concreto, en temas como el poco protagonismo que adquieren las EELL, la laboralización en el ámbito local, el abuso del personal eventual, el sistema de carrera profesional o el tribunal de selección.

3. Me ha parecido muy interesante una novedad: la específica "cultura de lo público", con un nuevo código de conducta en la que, aparte de derechos también existen deberes plasmados en principios éticos y principios de conducta. Trabajar en lo público evidentemente no es lo mismo que trabajar en lo privado; no me refiero a la seguridad y la relajación que, tanto la sociedad percibe como muchas personas que acceden por oposición a la administración buscan. Me refiero a que trabajar en lo público implica una serie de valores y principios, una ética de servicio que muchos funcionarios (de los anteriores) no tienen interiorizado. Lo que no sé es qué mecanismos se van a arbitrar para velar por el cumplimiento de esta "cultura de lo público" en las personas que trabajan en la administración.

4. Nuevos conceptos "sobre el papel": directivos públicos, evaluación del desempeño vinculado a las retribuciones y carrera profesional, negociación colectiva, etc. Darán lugar a posts específicos.

5. Mención aparte lo relativo al empleo público local. Independientemente de las reflexiones jurídicas que he encontrado en el blog de esPúblico, opino que el EBEP presta demasiada poca atención un colectivo que consituye una función pública "especial" (está sometido a dualidad normativa, la general y la de la Ley de Bases del Régimen Local). El artículo 3 lo deja todo abierto. Además, las consideraciones respecto a los directivos públicos que hace el EBEP choca con la realidad de las administraciones locales. Lo veremos en un post específico.


Reformar el empleo público es una tarea extremadamente compleja, por la fragmentación, los intereses corporativistas, la cultura dominante, etc. Desde luego es valiente (aunque obligado) haberlo empezado a abordar con el EBEP y es una reforma a muy largo plazo. Pero será al final cada CCAA las que darán una justa medida de si la reforma es profunda o, por el contrario, se queda en un mero maquillaje.

martes, 18 de septiembre de 2007

La i-administración llega al I+D+i


El Gobierno acaba de aprobar el Plan Nacional I+D+i 2008-2011 como instrumento fundamental de planificación dentro del marco que representa la Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología. El documento es un "tocho" de casi 150 páginas que aquel que quiera puede consultar en en link adjunto. Yo le he echado un vistazo y he encontrado algunos elementos interesantes de i-administración que incorpora el documento:


  1. Apuesta por la cooperación, tanto público-privada como entre administraciones: el "fomento de la cooperación en I+D+i... para acabar con una de las debilidades endémicas del sistema" es una de las cuatro grandes áreas del Plan por la que se impulsarán consorcios público-privados, líneas de acción concertadas, etc. que fomenten las sinergias y tengan efecto multiplicador sobre los resultados de las polítias. En el ámbito inter-administrativo se apuesta, como no podía ser de otra manera, por la co-información la co-decisión, la co-responsabilidad, la co-gestión y la co-financiación a través de distintos mecanismos de apertura, convocatorias, convenios, participación "a la carta", etc. También se apuesta por la coordinación en la planificación, seguimiento y evaluación de las actividades de I+D+I a través del Consejo General de la Ciencia y la Tecnología.

  2. Creación de "ventanilla única" para el acceso a las ayudas del Plan: con el objeto de reducir la carga burocrática que soportan los beneficiarios de las ayudas y aumentar la eficaciencia del sistema se creará un único portal web, como sistema de acceso a todas las ayudas en I+D+I, un sistema informático único de gestión y un formulario normalizado para las convocatorias de los distintos programas. Se obligará a que a partir del 2009 todas las ayudas públicas sean tramitadas electrónicamente. Ya hablamos en el blog de la informatización de la tramitación de las subvenciones.

  3. Simplificación de las estructuras de gestión: se otorga a la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología la gestión integral del Plan. Se apuesta por una limitación del número de órdenes de bases y de convocatorias.

  4. Profesionalización de la gestión a través del modelo de Agencias: los centros de investigación CSIC y Carlos III se convertirán próximamente en agencias estatales . Se creará también la Agencia Estatal de Evaluación, Financiación y Prospectiva de la Investigación Científica y Técnica. Se pretende dotar a estos centros de mayor autonomía , gestión por objetivos, reducción drástica de organismos existentes e incremento del nivel de ingresos.

  5. Actualización de la evaluación y controles del Plan: se establece un control estándar para evaluación "ex-ante" de los Proyectos así como un control "ex-post" de las actuaciones realizadas.

lunes, 17 de septiembre de 2007

Gestión pública en el Congreso de la AECPA


Me remite Antonio Arias del blog fiscalizacion.es la agenda del Congreso de la Asociación Española de Ciencia Política y Administración (AECPA) que empieza hoy en Valencia hasta el próximo 19 de septiembre.


En este link podréis ver el programa del Congreso en el que hay algunos grupos de trabajo que pueden ser intersantes para lo que nos ocupa. Por ejemplo, en el área V "Administración y Gestión Públicas" destaca el Grupo de Trabajo 5 "Política y gestión para un mundo en cambio: la sociedad del conocimiento (nuevos actores, mecanismos e instrumentos y su impacto en la acción pública) en el que hay ponencias que pueden ser de interés, como "Modelos de Administración Pública, ¿sirven los servicios públicos electrónicos a la administración o a los ciudadanos?" (el título me parece de lo más acertado), las buenas prácticas de Galicia, Logroño y Barcelona, o "Más Allá del Gerencialismo, los retos de la Administración electrónica en la organización burocrática" (sin duda uno de los grandes desafíos) . También creo que puede ser interesante el bloque "Análisis y evaluación de políticas públicas", tema ahora muy de actualidad y más con la puesta en marcha de la nueva agencia estatal AEVAL.


El interés dependerá del enfoque del Congreso, según sea más o menos teórico. De todas formas, intentaré hacerme con la documentación y en ese caso os informaré con el post correspondiente.




domingo, 16 de septiembre de 2007

CONSENSUS: herramienta para participación en la vida municipal


Seguimos hablando de participación. Si hace unos días comentábamos el impulso de los foros de pacientes en el ámbito sanitario, ahora conozco a través del blog de Borja Rius una nueva herramienta para favorecer la participación de los ciudadanos en el ámbito municipal y poder involucrarse en "hacer ciudad" o "hacer barrio".


Se trata de CONSENSUS, espacio de participación en internet de ayuntamientos catalanes: consulta de información, diálogo administración-ciudadano, posibilidad de organizarse en comunidades virtuales de interés, etc. El proyecto nace hace ya siete años impulsado por el Instituto Catala de Tecnología, Localret y la Fundación Jaume Bofill, con la ayuda en la parte de infraestructura tecnológica del por entonces Ministerio de Ciencia y Tecnología (hoy repartido entre el MEC e Industria). Más de 30 ayuntamientos catalantes participan del proyecto y Borja nos comentá en su blog las páginas de tres concretos: Barberá, Sant Feliú de Llobregat y Sant Cugat. De Sant Feliú si recordais ya hablábamos hace unos días como buena práctica de implantación de las TIC en el ámbito municipal en la que destacábamos el eje estratégico de "alfabetización digital" que incluye foros de participación.

Las entidades locales catalanas como veis están a la cabeza en modernización de sus servicios públicos. Ya lo comentábamos en el post en el que hacíamos balance de las webs municipales según el estudio de Ciberpaís: allí destacábamos los casos de Sabadell, Barcelona, Rubí, Castelldefels o Terrassa que también están en Consensus.
Abrir la administración a los ciudadanos implica no sólo transparencia sino también dotar de cauces de comunicación y participación. Pero los poderes públicos no sólo se deben quedar en esto sino que es preciso que participen en el fomento de una ciudadanía cívica que efectivamente participe y se corresponsabilice en los asuntos públicos. Si esto no ocurre, al final todas estas iniciativas consumirán presupuesto y se quedarán en agua de borrajas.








Nac

sábado, 15 de septiembre de 2007

Cooperando para lanzar el portal público de alquiler


No descubrimos nada si afirmamos que la vivienda es un problema. Tampoco que la ministra Carme Chacón apuesta por un perfil mediático e hiperactivo. Me lo confirma un amigo que está en Vivienda pero todos lo comprobar a diario en los telediarios: reuniones multilaterales con empresarios, jóvenes, colectivos profesionales, etc. ; debate público sobre el anunciado plan para jóvenes; discrepancias con Solbes, etc...


Una iniciativa menos mediática, pero interesante desde la perspectiva de cooperación público-privada, son los acuerdos que el Ministerio está trazando con los portales inmobiliarios sacacasa.com e idealista.com para promocionar los servicios de la Socidad Pública de Alquiler de Viviendas (SPAVIV). El balance de la empresa pública en un mercado como el del alquiler, copado por inmobiliarias privadas mucho más experimentadas, ha sido cuanto menos decepcionante. De lo que se trata es de colaborar y sumar esfuerzos con el sector privado para potenciar la acción de la SPAVIV.


De momento lo único que podemos ver en la web de sacacasa.com es un link a la página de la SPAVIV. Desde el Ministerio anuncian que lo que se pretende es crear, junto a sacacasa e idealista, un portal de alquiler público que facilite la gestión tanto a propietarios como a inquilinos. Para ello se abrirán áreas específicas en las páginas de los portales inmobiliarios privados que colaboran. Esperemos que pronto esté.

viernes, 14 de septiembre de 2007

Foros de participación en el Sistema Nacional de Salud


Lo he visto en El País y en El Mundo y me parece interesante reflejarlo en el blog como práctica de administración abierta en el ámbito sanitario. El miércoles, ante la Comisión de Sanidad, el ministro Bernat Soria anunció la puesta en marcha de dos mecanismos de participación previstos en una ley que es del del 2003, el Foro Abierto de la Salud y el Foro Virtual.


A través del Foro Abierto de Salud se debatirán y formularán propuestas sobre temas específicos que en un determinado momento tengan impacto en el Sistema Nacional de Salud. En él podrán participar las organizaciones, consejos, sociedades o asociaciones que en cada momento se determine según la materia a tratar. El Foro Virtual implicaría la aplicación de nuevas tecnologías para dar cauce a la participación de pacientes o usuarios del sistema sanitario.


La reivindicación de las asociaciones de pacientes sobre una mayor participación todo lo concerniente al modelo sanitario es antigua y, aun plasmada en la ley básica de cohesión y calidad sanitaria del 2003, los políticos nunca se atrevían a materializar. En cualquier caso, habrá que ver si en los pocos meses que le quedan a esta legislatura da tiempo para poner en marcha esta iniciativa o, si al final, queda como tarea pendiente para la próxima dirección política del ministerio.

jueves, 13 de septiembre de 2007

Sant Feliu: buena práctica de implantación de TIC a nivel municipal


Aunque la web municipal de Sant Feliu de Llobregat es innovadora y merece la pena visitar lo que quiero comentar en este post es la filosofía que hay detrás de la implantación de las TIC en este municipio liderada por Mario Alguacil, su director de tecnologías, gestión del conocimiento y presupuesto.


La hoja de ruta seguida se basa en promover primero una transformación de la gestión interna para posteriormente utilizar la "herramienta tecnológica" como instrumento para canalizar dicha transformación. Así es como, en teoría, debería ser siempre, aunque, en la práctica primero se adquiere la tecnología y posteriormente se adaptan los procesos para implantarla. Justo al revés.


Para el directivo de Sant Feliu, la implantación de las TIC en lo público no es cuestión de la existencia del desarrollo técnico o del presupuesto correspondiente sino de que exista un liderazgo político fuerte (que crea en el tema), una orientación cultural adecuada (que sea capaz de sobreponerse a los vicios adquiridos, como por ejemplo el uso del papel) y una capacitación de las personas.


La estrategia de Sant Feliu se basa en cuatro pilares:


  1. Reingeniería de procesos, en particular en todo lo relativo a la gestión electrónica de documentos. Personalmente prefiero hablar de "mejora continua" por que las reingenierías suelen ser acciones de cambio muy radical con pocos resultados efectivos en el entorno público.

  2. Gestión del conocimiento, a partir de diversas herramientas como boletín de noticias, gestión documental, agenda de acontecimientos, presupuesto, visor cartográfico. La mera utilización de la terminología "gestión del conocimiento" en lo público ya es de por sí novedosa y más aún que el nombre del cargo la incorpore.

  3. Administración electrónica, pudiendo realizar innumerables trámites de backoffice (incluyendo los de aprobación de gasto o la resolución de procedimientos) con firma electrónica. Sant Feliu tiene premios por su intensiva aplicación de la firma electrónica.

  4. Alfabetización digital, facilitar el acceso de ciudadanos a internet mediante puntos de acceso, foros de participación, cursos municipales, etc.

Os invito a que entréis en la página y conozcais todas sus posibilidades. Merece la pena.

lunes, 10 de septiembre de 2007

AEVAL: una nueva agencia con viejos atributos


Después de un proceso de dos años para debates, ponencias, seminarios, comisión de expertos (documento de 100 págs. incluido) el pasado 1 de enero 2007 se pone en marcha la primera agencia estatal según el nuevo modelo aprobado por la Ley 28/2006 de Agencias, la Agencia Estatal para la Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (AEVAL). La puesta en marcha del modelo supone, al menos en teoría, una de las líneas modernizadoras de la Administración puesta en marcha por el ex-ministro Jordi Sevilla.


Por este motivo, he estado siguiendo con atención los pasos iniciales dados en la constitución de esta primera agencia. Su constitución tiene lugar por Real Decreto de 1/12/06 en el que se aprueba su Estatuto. El decreto tiene un tufo "continuista", difiere poco de aquellos utilizados para los organismos autónomos (supongo que los funcionarios del MAP habrán tirado de "copy-paste"):


  • Para empezar, la AEVAL se crea a partir de la Dirección General de Inspección, Evaluación y Calidad de los Servicios, quitándole evidentemente la parte de inspección; con los mismos funcionarios, las mismas relaciones de puestos de trabajo y, suponemos, la misma cultura corporativa. Incluyendo a su nuevo presidente Juan Antonio Garde Roca , inspector de Hacienda y antiguo Director General.

  • Su Consejo Rector no tiene un perfil profesional, sino político (siete altos cargos) y teórico (tres catedráticos).

  • La estructura organizativa reproduce el esquema de las dos subdirecciones generales que existían, la de evaluación y la de calidad, aunque con cambio de nombre (ahora son "divisiones"). También existe el gabinete del presidente (llamado "división técnica") y la tecnoestructura (llamada "división de gerencia").

  • Sobre el contrato de gestión, pilar fundamental del funcionamiento descentralizado y autónomo de la agencia, no he encontrado información. No sabemos si se está negociando todavía (9 meses después !) o si se está vulnerando el principio de transparencia del que tanto hablamos (ver posts transparencia y ciudadanía y mecanimos para una administración abierta) y que le propio Estatuto de la AEVAL exige.

  • El Plan de Acción 2007 sí que fue aprobado y publicado en el BOE. Aunque no parece demasiado ambicioso: evaluación del Plan Nacional de Reformas; evaluación de trámites para creación de empresas; evaluación del Registro Nacional de Emisiones de Gases de Efectos Invernadero; calidad de servicios de los museos estatales (será esto lo mismo que hablábamos en el último post sobre el Plan de Modernización aprobado para el Ministerio de Cultura???????). Lo que no he encontrado tampoco es el Plan de Trabajo que también debería ser público según el Estatuto de la Agencia.

  • La política de personal es claramente continuista, de administración pura y dura. No sabemos si serán las "pocas" 150-250 personas de las que hablaba el Presidente, o si habrá abundancia de becarios (convocatorias ha habido), ni quiénes son sus directivos ni si ha habido proceso de selección "transparente"como obliga el propio Estatuto.

En definitiva, una vez más nos parece que una cosa es la voluntad y el espíritu reformador de una norma (en este caso la Ley de Agencias) y otra su implementación, en la que la dinámica administrativa, continuista y plagada de "viejos vicios" al final ejerce efecto laminador sobre cualquier esperanza modernizadora.

sábado, 8 de septiembre de 2007

Vientos modernizadores en Cultura


En los últimos días parecen aparecer noticias alentadoras sobre el Ministerio de Cultura. El pasado 28 de agosto, en la comparecencia del nuevo ministro César Antonio Molina ante la Comisión de Cultura del Congreso éste informaba que el Ministerio ya había remitido a Hacienda y Administraciones Públicas el proyecto de real decreto para la conversión del INAEM en la Agencia Estatal de las Artes Escénicas y Musicales. Eso sí, con más de un año de retraso (!!!) frente a lo previsto en la Ley de Agencias.


En las últimas semanas ha habido mucho movimiento informativo alrededor de dos pilares culturales como son la Biblioteca Nacional y el Reina Sofía (MNCARS) por los ceses-dimisión de Rosa Regás y Ana Martínez Aguilar. Desde el Ministerio se anunciaba el Plan de Modernización de Instituciones Culturales que iba a aprobar el Consejo de Ministros en su reunión de ayer. Tenía ganas de conocer al menos las líneas generales de dicho Plan y, aunque a fecha de hoy no tenemos detalles (más que de la nota de prensa), el alcance de la "modernización" se limita a los nombramientos de los nuevos responsables de las instituciones referidas y a la implantación de "buenas prácticas para la mejora de los servicios".


Respecto a la "modernización en nombramientos" bien parece que consiste en la designación de profesionales con amplia experiencia en la gestión cultural, similar a lo que ya se hizo en el Museo del Prado con la designación de Mikel Zugaza que provenía de la dirección del Museo de Bellas Artes de Bilbao. Así, al menos, se deduce de la designación de Milagros del Corral al frente de la Biblioteca Nacional y del sistema de selección que se pretende para el nuevo responsable del MNCARS.Este nos parece un paso en la buena dirección.


Respecto a las "modernización en buenas prácticas" para la mejora de los servicios tendremos que esperar a conocer el Plan.

jueves, 6 de septiembre de 2007

Incluimos Public en el blog




ESADE es una de las escuelas de negocios más importantes del mundo, según todos los rankings.

En lo que respecta a este blog, que es la gestión de lo público, es una de las punteras en un mundo académico en el que precisamente no abundan instituciones que se ocupen de este sector.
Dentro de la escuela, la organización que se ocupa de la investigación, formación y presencia social en la gestión pública es el Instituto de Dirección y Gestión Pública (IDGP) dirigido por el profesor Francisco Longo. Los profesores del IDGP elaboran estudios, papers, participan en distintos foros y son la base de los programas específicos de formación, el Master de Dirección Pública y el Función Gerencial de las Administraciones Públicas .
Además editan desde hace algún tiempo la newsletter Public. Incluye interesantes artículos, noticias, referencias a eventos, etc. y es uno de los materiales de alto nivel más interesantes sobre el sector público. Aprovecho la ocasión para presentarlo a todos los que nos leeis y lo incluyo en los enlaces más interesantes del blog.

miércoles, 5 de septiembre de 2007

Amor al papel

Estos días ando de papeleos de organismo en organismo intentando dar de alta al nuevo miembro de la familia y, de paso, a ver si encuentro por algún sitio algo del Plan Moderniza que el Gobierno anunciaba a bombo y platillo como eje principal de la política modernizadora de la Administración Pública en esta legislatura. En concreto la anunciada supresión de las fotocopias de DNI y volante de empadronamiento, que incluso está respaldada por un Real Decreto aprobado nada más y nada menos por el Consejo de Ministros.

La singladura empieza en el Registro Civil, en el que no conocen ni teléfono ni internet como canal de comunicación con los ciudadanos, sino que la forma de contacto ha de ser obligatoriamente presencial, con las correspondientes colas kilométricas, primero en la ventanilla de información, donde te dan el número para la segunda en el negociado de inscripciones. En el Registro, por supuesto aman los papeles, no sólo DNI y volante de empadronamiento, sino la tonelada que hay que cumplimentar repitiendo siempre casi los mismos datos (atención especial a los del INE); además, tienen especial gusto por los carteles informativos pegados a las paredes, algunos con letra gótica (supongo que la de los escribanos que todavía deben quedar en este insólito reducto de antiguedades). Y no hablemos del curioso caso donde aparte de rellenar una declaración jurada (otro papel qué más da) te exigen también la presencia física de los cónyuges, por supuesto "en cumplimiento de la ley".

"La AEAT es aparte". Es lo que me responde textualmente el del funcionario del registro cuando al registrar la petición de los 2500€ / deducción 1200€ (menos mal que las han unificado !!!) me pide una nueva fotocopia del DNI y yo le pregunto por la aplicación del Real Decreto.

En el INSS pega fuerte la rutina y la arraigada cultura administrativa cuando la funcionaria empieza el listado de la documentacióln a presentar con el "DNI original y fotocopia, por si acaso".

A los Ayuntamientos no le son de aplicación el Real Decreto. Por ello, mantienen limpia su conciencia solicitando siempre la fotocopia del DNI y un certificado de empadronamiento, información que, aunque tienen ellos mismos, por eso del amor que produce el papel no se cortan en solicitar.

Pero dicho amor que reseñamos no sólo se circunscribe al DNI y volante de empadronamiento (para los que al menos se ocupa un Plan). También a las copias del libro de familia: en cada trámite piden una. Y es que que los Registros Civiles se comuniquen telemáticamente con la Administración todavía parece que es mucho pedir.

martes, 4 de septiembre de 2007

¿Se pueden "refrescar" las RPT de las instituciones públicas?

Hoy me acerco al registro al Registro Civil para proceder a la inscripción del nacimiento de mi hijo y en la ventanilla de información me atiende un señor, ya mayor (calculo que sobre los 65 si no más), gorra de plato sobre el mostrador con el escudo del estado, camisa tipo "guerrera militar" y en la solapa todo orgulloso mostrando la medalla del Cuerpo de Auxiliares Judiciales (hoy ya extinto) y una visible condecoración (supongo que por los servicios prestados). El diligente funcionario me atiende presto y, con ademanes marciales, me indica el negociado donde tengo que acudir. La imagen, propia de los años 50, no podía tener lugar en otro sitio que en la Administración de Justicia, por mucho que en algunas partes hayan incorporado servicios de t-government.

Coincide además que leo en el blog de Antonio Arias Rodríguez un post bastante atractivo llamado "Nuestra Veterana Administración" en el que reflexiona sobre la elevada edad media del personal al servicio de las Adminstraciones así como los "posibles" planes del Gobierno de proceder a "prejubilaciones selectivas" en aplicación de la disposición adicional sexta del nuevo EBEP.

En el Estado, Correos es una organización en la que se están poniendo en marcha cambios importantes en la configuración de sus empleados públicos, cambios que en ciertos casos han sido posteriormente trasladados al conjunto de la AGE, aunque el punto de partida en ambos casos sean diferentes. Así ocurrió con el Plan de Pensiones (con 34.452 partícipes fue el primero del ámbito público y posteriormente llevado a la AGE), con el cambio en el concepto de RPT y la definición de los puestos de trabajo (hacia la polivalencia y la flexibilidad en cuanto a "universalizar" las comisiones de servicios y los nombramientos provisionales) o con las excedencias incentivadas para mayores de 55 años.

Esto último bien podría ser de nuevo un elemento extrapolable a la AGE. La edad media de la plantilla de Correos también es elevada (por encima de los 45 años), su número de funcionarios públicos todavía excesivo en relación al plan de "laboralización" del 100% de la plantilla, la cualificación profesional (estudios superiores) baja y la plantilla excedentaria en puestos principalmente burocráticos y de clasificación manual de envíos. Para solucionar todo lo anterior se puso en marcha hace unos años un Plan de Excedencias Voluntarias Incentivadas, según el cual en función de los años en que se solicite, el funcionario recibe una cantidad a tanto alzado que teóricamente le permite vivir bien hasta los 60 años que solicita la jubilación. Las empresa, por otra parte, reduce la edad media, reduce personal y elimina la figura del funcionario en Correos. El éxito de la medida ha sito total y las peticiones siempre superan a las disponibilidades presupuestarias.

¿Servirá esto de modelo para dar las "gracias por los servicios prestados" a los muchos "mavilagos" (manguito-lápiz-goma) que todavía andan por las oficinas públicas? Veremos

lunes, 3 de septiembre de 2007

Mecanismos para una administración abierta


Según el informe de "Modernising Government: The Way Forward" de la OCDE uno de los ejes reformadores que se proponen es el de una "aministración abierta" ("open government", en inglés), entendida ésta como transparente, accesible y receptiva.

Respecto a la característica de "transparencia" podemos hablar de algunos mecanismos:


  1. Legislación sobre libertad de información en cuanto a posibilitar a los ciudadanos acceder a información en manos de la administración. Ahora está muy de moda dar información sobre los presupuestos o sobre el perfomance público (mirad lo del ayuntamiento de Madrid).

  2. Utilización de internet. Aunque algunos ámbitos del sector público van más avanzados que otros, prácticamente todos ofrecen información a través de sus páginas web (ya hablamos en este blog sobre las web municipales)

  3. Dar participación a los ciudadanos en los procesos de tomas de decisiones, planes estratégicos o calendarios legislativos. A este respecto hoy acabo de leer el post alorza sobre "eparticipation" con el que estoy bastante de acuerdo a que estos mecanismos son muy marginales en el ámbito público actual, existiendo como mucho buzones de sugerencias que no se sabe muy bien si sirven para algo (mirad el del MAP cuando se tramitó el Estatuto del Empleado Público) o en algunos territorios los procesos electorales con voto electrónico.

Respecto a la característica de "accesibilidad", las principales tendencias son:



  1. A través de leyes del procedimiento administrativo, especialmente en el caso de países con una burocracia muy garantista como la española.

  2. Mediante las cartas de servicio, moda ésta que lleva imponiéndose desde hace algunos años, y que en muchos casos no es más que un lavado de conciencia de la institución pública plasmado en algunos compromisos (en algunos casos más detallados pero en otros vaguedades y "desideratums")

  3. Mediante la reducción del papeleo, como se ha hecho en "parte" de la AGE española con la eliminación de las copias del DNI y los volantes de empadronamiento. Y digo "en parte" porque aunque el Real Decreto está ahí, en el ámbito de los Registros Civiles (Administración de Justicia) los siguen pidiendo.

  4. La implantación de la administración on-line, que permita no sólo informar sino sobre todo tramitar.

Por último, respecto a la "receptividad" lo más destacado es el uso de la consulta pública, principalmente on-line. Entre mis links favoritos he incluido el de las normas de consulta a aplicar en el Reino Unido, en el que la e-consulta se ha convertido en parte integral de elaboración de políticas públicas.